MPPE suspendió el nuevo horario de clases en Educación Media

De acuerdo a una noticia publicada en el portal del MPPE, el nuevo ministro de educación Elías Jaua, anunció que «Luego de escuchar las demandas, observaciones y preocupaciones de sectores de la sociedad sobre el desarrollo de la implementación de la Transformación Curricular en el Subsistema de Educación Media General, el Ministerio del Poder Popular para la Educación decidió suspender el avance progresivo del plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143, la cual contempla los Lineamientos del Proceso de Transformación Curricular en todos los Niveles y Modalidades» (*)

Al respecto es importante hacer algunas consideraciones:

1.- El inicio del proceso de transformación curricular de educación media, fue anunciado en marzo del año 2015 con un escueto documento en el que se presentaban algunas líneas generales y se decía que se iniciaba una consulta para su discusión y desarrollo. (Para más detalles sobre el inicio de este proceso, pueden ver nuestra publicación del 24 de agosto titulada: ¿Seguimos a medias en Educación Media?)

2.- Su desarrollo consistió en:

  • La elaboración de diversas versiones de un «segundo documento» con los lineamientos de la reforma, así como de documentos complementarios con orientaciones específicas para educación media general, educación media técnica y la modalidad de jóvenes y adultos que fueron enviados por correo a los liceos, presentados en algunas de las reuniones realizadas en las zonas y finalmente, colgados en la web del MPPE.
  • La realización diversas reuniones en varios liceos para socializar y conversar sobre la propuesta, actividades de «consulta» con algunos actores del sistema educativo.
  • Y adicionalmente, desde septiembre del 2015, de acuerdo a la información publicada por prensa en el portal del MPPE, se desarrolló una aplicación piloto en 68 planteles durante el año 2015-2016.

En ningún momento, el MPPE presentó el plan de inversión y presupuesto asociado a la instrumentación de esa propuesta que debería incluir: construcción de nuevos liceos, dotación en equipos y recursos, contratación de nuevos profesores y ampliación del pago por el aumento de las horas de dedicación de los profesores en el sistema, entre otras. Tampoco se planteó una estrategia sólida que permitiera reestructurar la organización de los horarios, por la agrupación de asignaturas en áreas, tomando en consideración la falta de docentes en educación media, y que se debería pasar de la ubicación de los docentes en más de un liceo, a su dedicación exclusiva en uno de ellos.

3.- Sobre la aplicación piloto, es importante señalar que cuando se anunció por primera vez, el MPPE dijo que se haría en 400 planteles. Posteriormente según una presentación usada en las reuniones antes mencionadas, que contenía el texto de una resolución para oficializar la experiencia piloto, se decía que los planteles serían 127 y finalmente, según información del ministerio, dicha experiencia sólo tuvo lugar en 68 planteles durante el año escolar 2015-2016, es decir que inició a 6 meses de hecho el primer anuncio.

Cabe resaltar que en ningún momento fue presentado, ni al sector educativo, ni al país, un informe que expusiera los términos en los que se había diseñado la experiencia, los criterios para la selección de los liceos en los que se aplicaría, las razones para que se desarrollara en sólo el 54% de los 127 liceos en los que se había propuesto y también que explicara los detalles de su instrumentación, la evaluación y los resultados de dicha experiencia.

Sin embargo, por fuentes del sector, conocimos que la aplicación en muchos planteles presentó serias dificultades, incluyendo que, al final del año escolar, liceos tuvieron que registrar las calificaciones de los estudiantes por asignaturas, porque no encontraron en el sistema, las planillas de registro por áreas, tal como requería la realización de una experiencia piloto.

4.- El viernes 2 de diciembre, a más de un año y 8 meses del primer anuncio, pasados los 14 meses del inicio de la experiencia piloto y a más de 3 meses de anunciada su extensión a todos los liceos públicos, se publicaron en la Gaceta Oficial 41.044 dos resoluciones, las 142 y 143, con las que, el MPPE, finalmente oficializaba la política de «transformación curricular».

En nuestra publicación del 24 de agosto, alertamos sobre el problema de iniciar una experiencia piloto que no estuviera avalada por una resolución en Gaceta Oficial. Alerta que también aplica a su extensión a todos los liceos oficiales, anunciada al inicio del año escolar 2016-2017.

5.- Desde que se inició el proceso en marzo del 2015, lo que se ha denominado «consulta», no puede ser catalogado como tal, porque:

  • No se presentó formalmente el proceso de consulta al país que, como todo proceso formal, debe tener unos mecanismos, un cronograma y una metodología establecida. Lo contenido en el primer documento, no se puede considerar como tal, por falta de formalidad y rigurosidad metodológica.
  • Las actividades de «consulta» no pasaron de reuniones con algunos actores y algunos liceos, por lo que muchos miembros de las comunidades educativas, gremios, organizaciones sociales, políticas y ciudadanos en general, se consideran excluidos del proceso.
  • A algunos gremios, se les notificó, al inicio del año escolar 2016-2017, que serían incorporados a la «consulta» y hasta la fecha, no han sido convocados para ello.
  • No existió un documento o grupo de documentos oficiales que sirvieran de referencia formal al proceso, sino que se utilizaron varias presentaciones en las reuniones, y se elaboraron múltiples versiones del documento con la propuesta, versiones que tenían detalles retocados o cambios mayores, pero todos comenzaban con la misma presentación “este es el segundo documento”. De ese, del autodenominado “segundo documento”, llegamos a recopilar 5 versiones.
  • No han sido presentadas al país, ni siquiera a los actores clave del sector educativo, formalmente, los resultados de la consulta y las modificaciones del modelo que se desprenden de los mismos.

En este punto cabe recordar que el artículo 55 de la LOPNNA, que establece el derecho a participar de «todos» los niños y adolescentes, así como de «todos» los padres, representantes y responsables. Hacemos el énfasis en «todos» dadas las declaraciones del ministro que refieren a la participación de algunos gremios en el proceso.

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Y también recordamos el artículo 62 de la Constitución que establece el derecho de todos los ciudadanos a participar en la formación y control de la gestión pública, lo que incluye la formación y evaluación de las políticas educativas en educación, como la de transformación curricular que está dirigida a la formación obligatoria de todos los ciudadanos de Venezuela.

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6.- La noticia con las declaraciones del nuevo ministro, dice que: «el titular del MPPE informó que el plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143 ya no se desarrollará en el sistema de educación privada en Venezuela, y en el caso del sistema de educación pública, en los liceos donde se haya implementado, se debe “iniciar el proceso de revisión, de escuchar a los docentes las experiencias que han tenido en estas últimas semanas, para hacer las adecuaciones que tengan lugar, para conservar los contenidos esenciales y las materias necesarias para lograr una formación o un egresado de nuestro sistema educativo público de Educación Media General con una formación académica integral”«.

Al respecto, hay que aclarar que el artículo 13 de dicha resolución, permitía a los planteles del sistema de educación privada «continuar aplicando el plan de estudio que se les haya autorizado previamente» durante el año escolar vigente 2016-2017, por tanto lo único novedoso en esa declaración es que se paraliza la aplicación de la transformación curricular, en los planteles privados que voluntariamente hayan decidido aplicarla, después de informar a su respectiva zona educativa, como también se establece en el mismo artículo.

En los liceos públicos, en los que se haya implementado, -que, de acuerdo a la resolución y a las declaraciones previas de los funcionarios del MPPE, deberían ser todos- lo que se hará es revisar la reorganización de los contenidos que hicieron, con base en los lineamientos de las «áreas de formación» establecidas en la propuesta de transformación curricular y las horas estipuladas en el horario presentado en el artículo 8 de la resolución 143.

7.- Es importante precisar que lo que se suspende es específicamente lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143, que, aunque en el texto diga que se trata de un «plan de estudio«, no es más que un horario de clases en el que se establecen «áreas de formación» con una «dinámica» y unas «horas semanales por estudiante«, determinadas.

8.- En sus declaraciones el ministro no hace mención al resto de los lineamientos de transformación curricular que se encuentran en la resolución 143, incluyendo los referentes éticos, así como tampoco a los componentes curriculares y el modelo, desarrollados en los documentos con los que se presentó esta propuesta en los liceos.

Tampoco hace referencia alguna a lo que sucederá en la modalidad de educación de jóvenes y adultos, que se rige por la resolución 142 que sigue plenamente vigente.

En efecto, la noticia en la prensa dice que «el Ministro Elías Jaua Milano informó que “se mantiene vigente el actual Plan de Estudio hasta tanto este Despacho emita las directivas correspondientes”«; de esta afirmación se deriva que el ministerio trabajará en nuevas directivas para modificar el artículo 8 de la resolución 143.

Hechas estas consideraciones, no podemos dejar de advertir que:

– La decisión del ministerio, de suspender la organización de los contenidos en áreas de formación, pone en evidencia la debilidad de imponer la aplicación de un modelo sin tomar las previsiones administrativas, presupuestarias y organizativas correspondientes, incluyendo la forma de contratación de los profesores de educación media y sin considerar las necesidades de formación y transformación de las prácticas pedagógicas de los profesionales de la educación involucrados.

– La decisión se produce a 4 meses de iniciado el año escolar, afectando la calidad de la educación del sistema y poniendo en riesgo el proceso de aprendizaje de los estudiantes, ya que el MPPE empleó un tercio del año escolar para realizar en los liceos públicos, un experimento sin condiciones para garantizar su éxito.

– Por lo dicho en el anuncio, el MPPE no modifica lo establecido para la modalidad de educación de jóvenes y adultos en la resolución 142, dejándola plenamente vigente al no suspender la aplicación de los artículos del 8 al 11, o en su defecto, del artículo 11, que es el que contiene el horario para dicha modalidad. Esto constituye una discriminación de hecho, que pudo ser producto de omisión en el anuncio del ministerio, pero que es injustificable en el marco de las directrices del modelo.

– Dada la estrategia seguida por el MPPE en los últimos años, el programa de estudios vigente, en términos de contenidos, a los efectos de los liceos y también tal como se establece en los documentos de la transformación curricular, es el que se presenta en la Colección Bicentenario que, como se ha referido en diversas oportunidades, se trata de un recurso de calidad cuestionable y con un sesgo político-ideológico que viola lo establecido en el artículo 102 de la Constitución.

– Como lo que se suspende es la aplicación del artículo 8, el resto de la resolución 143 sigue vigente, especialmente los primeros artículos con los que el MPPE extendió la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la Educación Básica.

En efecto, en la resolución 143, los considerandos y los primeros 4 artículos contienen las directrices comunes para toda la Educación Básica y del 16 al 20 se refieren a la creación de una estructura para la «Consulta, Asesoramiento y Evaluación del Proceso de Transformación Curricular«, señalan a los funcionarios encargados de ejecutarla y el mecanismo para dar respuesta a «dudas, controversias y aclaratorias» que pudieran surgir a raíz de la resolución. El resto de los artículos están dirigidos a presentar las especificidades del nivel de educación media y algunas pautas para algunas de las modalidades.

Sin embargo, los lineamientos asociados a la transformación curricular que son aplicables a toda la educación básica no están contenidos sólo en la resolución 143, sino también en los documentos con las orientaciones emanados del MPPE, publicados en su página y enviados por correo, al inicio del año escolar, a las escuelas.

Hasta esta fecha, los documentos publicados en el portal del MPPE, en su sección sobre la «transformación curricular«, siguen siendo los mismos que se encontraban el 12 de enero, cuando se incorporó el titulado «Orientaciones Generales para el Trabajo por Unidades de Aprendizaje» (**)

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En los primeros artículos de la resolución 143 y en los documentos publicados en esa página, se encuentran las directrices y lineamientos asociados a la transformación curricular para toda la Educación Básica.

Notas sobre los lineamientos de transformación curricular para toda la Educación Básica

Como antecedente de esta extensión, es importante recordar que el Viceministro el 5 de agosto del 2016, dijo que había “que impulsar el proceso de transformación curricular el próximo año escolar en todos los niveles del sistema educativo venezolano” Sin embargo, no fue sino hasta el 23 de septiembre que en la web del ministerio se publicó un par de documentos en los que se decía a qué se refería esa afirmación. A continuación pueden ver las capturas de pantalla con las portadas de ambos documentos y de sus propiedades, en las que se registra su fecha de creación:

En ambos documentos, se establece lo que, al respecto y en términos generales, se recogerá en la resolución 143, aunque el segundo tiene un contenido más amplio, en su mayoría tomado de los documentos previos de transformación curricular.

Uno de los aspectos fundamentales a considerar, dadas sus implicaciones para el proceso educativo, está expuesto en el primer párrafo de la introducción de las «orientaciones pedagógicas» para el año escolar 2016-2017:

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Como se aprecia al final del párrafo, el MPPE insiste en enmarcar las políticas educativas en la «Ley del Plan de la Patria 2013-2019«, que es uno de los aspectos que ha generado mayor polémica tanto en las comunidades educativas, como en los gremios y en la ciudadanía en general, debido a que, a pesar de haber sido «promulgado» como Ley por la Asamblea Nacional, constituye un documento que viola aspectos constitucionales importantes, al imponer, como plan de desarrollo, uno con un corte ideológico determinado contrario al pluralismo político contenido en el artículo 2 de la Constitución y a una educación respetuosa de todas las corrientes de pensamiento, establecida en el artículo 102; en el que se plantean modificaciones sustanciales en la concepción de ciudadanía y en la dinámica de relaciones entre los habitantes de Venezuela, y entre éstos y el resto del mundo, basadas en la construcción de una lógica «cívico-militar» y la promoción del uso del concepto de «guerra popular prolongada» -contraria al propósito de «la construcción de una sociedad justa y amante de la paz» que se establece en el artículo 3 de la Constitución-; entre otras.

El sostener al «Plan de la Patria 2013-2019» como referente de las políticas educativas en Venezuela, implica una violación a lo establecido en la Constitución contenida en las orientaciones pedagógicas enviadas por el MPPE a las escuelas y por tanto, sostenida en las directrices que, con relación a la extensión de la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la educación básica, se hizo por parte del ente rector.

Para que todos conozcan un poco más los aspectos generales de estos lineamientos, más allá de lo mencionado en los párrafos precedentes, a continuación incluimos las primeras láminas de las orientaciones para la discusión en todos los niveles y modalidades, que recogen algunas de dichos lineamientos:

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Como era de esperarse, por concordancia entre instrumentos normativos, en la resolución 143, en las directrices comunes se establece, según el artículo 1, que los educadores deben “coordinar, planificar y organizar un proceso abierto de reflexión, discusión y debate» que permita la incorporación de la comunidad educativa en pleno, a la «sistematización y revisión permanente de la práctica educativa«.

Esa directriz está acompañada de la incorporación de «referentes éticos y procesos indispensables» para orientar toda la dinámica de las escuelas. De esta manera, los referentes éticos se constituyen en criterios para la organización y funcionamiento del plantel y para la realización y evaluación del trabajo diario, así como para el diseño microcurricular y de las actividades de enseñanza.

Directrices como éstas, y como las que plantean mantener el «plan de la patria» como referente, el desarrollo de una dinámica permanente de debate en los planteles, en torno a todo lo que en él sucede; el enfoque integral del aprendizaje y la enseñanza; el aprendizaje desde la práctica, o formar produciendo, que es una forma de enunciar el viejo principio del aprender haciendo; o la comprensión de que todo lo que sucede en los planteles es formativo, que es un viejo principio que tiende a enunciarse en Venezuela con la frase “currículo es todo”; -sin emitir valoración alguna sobre su significado, estrategia de instrumentación e impactos en la calidad del proceso educativo y del funcionamiento de las escuelas- se mantienen como parte de las ideas en las que se sustentarán las actividades y dinámicas en los planteles de toda la educación básica, de acuerdo a las orientaciones curriculares emanadas del MPPE y enviadas a las escuelas al inicio del año escolar 2016-2017. Esto, obviamente trasciende lo establecido en el artículo 8 de la resolución 143.

De acuerdo a la decisión anunciada por el MPPE y lo sucedido hasta el momento, se requiere:

1.- Que el MPPE formalice la suspensión del artículo 8 de la resolución 143 en una norma publicada en Gaceta Oficial.

2.- Que la suspensión de la aplicación de la organización en áreas y la asignación de «dinámicas» de trabajo y horas por estudiante, se haga también con relación a la resolución 142 que norma la transformación curricular en la modalidad de jóvenes y adultos.

3.- Sin embargo, el MPPE debería ampliar la suspensión al resto de las directrices de la reforma e incluirlas en el proceso de revisión que deberá realizar en torno a lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143.

4.- Que ese despacho presente también, ante el país y especialmente a los planteles en los que se desarrolló la experiencia piloto durante el año escolar 2015-2016, así como su extensión durante el presente año escolar 2016-2017, el procedimiento para regularizar el proceso educativo, retomando la dinámica, los programas de estudio y las directrices vigentes, además de las soluciones concretas a los problemas administrativos que se derivaron de los cambios de dedicación de los docentes, y de la agrupación de materias en áreas.

En este caso, el MPPE debe explicar a los liceos piloto, incluyendo a los de la modalidad de jóvenes y adultos: a) cómo hacer para garantizar que los estudiantes puedan continuar sus estudios retomando la organización de los contenidos, de acuerdo al plan de estudios vigente, y garantizar, tanto una formación de calidad, como la obtención del título de bachiller correspondiente, en el tiempo estipulado (esto es especialmente relevante para la educación de jóvenes y adultos); b) cómo se harán las equivalencias de lo cursado durante el año escolar 2015-2016; y c) cómo se recuperará el desbalance en el proceso de formación ocasionado por el fracaso en la aplicación del modelo durante el tiempo que corresponda a cada caso.

5.- Además, que el MPPE presente formalmente los resultados del proceso piloto desarrollado durante el año escolar 2015-2016 y explique al país, las razones por las que el mismo no pudo ser instrumentado sino en 68 de los 127 planteles, tal como se había anunciado en la presentación previa.

6.- Dado lo sucedido, el MPPE debe organizar y convocar formalmente a una consulta efectiva y con la metodología y dinámica que permita la real participación del país en la definición de la política de formación en la Educación Básica.

Finalmente, invitamos a las comunidades educativas, a los gremios del sector y a toda la ciudadanía a que, acogiéndose a lo establecido en el artículo 20 de la resolución 143, escriba al MPPE solicitando información sobre esta decisión y sus consecuencias, así como, sobre las dudas que tenga con relación a las directrices establecidas en las resoluciones 142 y 143, que aún siguen vigentes y también sobre las contenidas en los textos emanados de ese despacho y que rigen lo que sucede en las escuelas en términos de la transformación curricular, más allá de dichas resoluciones.

 

 

(*) En la web del MPPE puedes ver la noticia completa: La Transformación Curricular concentrará sus esfuerzos en la Micro Misión Simón Rodríguez

(**) Este documento, es una edición parcial del primer segundo documento emanado del MPPE para la Transformación Curricular, en septiembre del 2015. En él se incluyen los ejemplos de las Unidades de Aprendizaje que, para cada área, se presentaron en ese momento.

 

¿Seguimos a medias en Educación Media?

Si hay algún nivel educativo, en el que el Estado venezolano está en deuda con ciudadanos y estudiantes, es Educación Media. De hecho, tenemos décadas que el currículo no cumple con dos de las dimensiones del derecho a la educación, aceptabilidad y adaptabilidad. Aceptabilidad porque los aprendizajes que se ofrecen en ese nivel no son relevantes, ni de calidad y adaptabilidad, porque tampoco responden a las necesidades cambiantes de la sociedad.(*)

Y no podría ser de otra manera porque, la base curricular sobre la que está sustentada la formación en ese nivel, data de 1969. Desde ese momento, hasta la fecha, se han hecho algunos retoques menores, como los del ensayo de media de 1991, o los programas de transición para primero, segundo y tercer año, cuando se hizo la reforma de la educación básica hace más de 25 años; o agregados cuestionables, por falta de una evaluación que los justificara, como cuando se convirtió en obligatoria instrucción premilitar, en 1999. Pero también se engavetó, con el cambio de gobierno ese año, una propuesta de reforma que el Ministerio de Educación había elaborado a finales de los 90’s para dar continuidad a la reforma de educación básica.

El Liceo Bolivariano

A esa lista de intentos a medias, le siguió una serie de intentos fallidos. El primero de ellos fue la creación del Liceo Bolivariano en el 2004, impulsado por Aristóbulo Isturiz quién era el ministro en ese momento. Con ese modelo se pretendía, entre otras, que todos los liceos fueran de tiempo completo, ampliar la cobertura de la educación media, instaurar el trabajo por proyectos como estrategia pedagógica central y cambiar la estructura curricular integrando asignaturas y contenidos en áreas. Como proyecto se iniciaría en 24 liceos pilotos, uno por estado, acompañados por 236 que seguirían la experiencia en esos 24 y posteriormente se incorporarían a la reforma, de manera progresiva.

El Liceo Bolivariano nunca llegó a instrumentarse tal como se había propuesto, debido a que, en su diseño se establecían líneas generales para organizar los conocimientos y para la evaluación, más las características de los programas complementarios, -como el de alimentación y los de tecnología-, pero no se desarrollaron los programas de estudio -cuyo diseño correspondía al equipo docente de cada plantel-, ni se modificaron las condiciones de contratación de los docentes para garantizar que éstos contaran con el tiempo necesario tanto para realizar el microdiseño curricular, como para desarrollar todas las actividades de planificación y evaluación que se derivan de la estrategia de aprendizaje por proyectos integrando disciplinas.

El Currículo Nacional Bolivariano

El segundo intento, fue el denominado «Currículo Nacional Bolivariano» que se trató de instumentar en el año 2007 cuando el ministro era Adán Chavez. Ese modelo formaba parte de un proyecto de reforma curricular de toda la educación básica. Para educación media planteaba unos ejes integradores, la organización de los aprendizajes por áreas, el trabajo por proyectos y tenía dos menciones, ciencias sociales y ciencias naturales. Así se veía la presentación gráfica de dos de las áreas curriculares de dicha propuesta:

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Su implantación estuvo organizada en cursos para que los docentes se familiarizaran con los nuevos programas. En el más largo de ellos, el denominado «curso de las 300 horas», se generó mucha polémica entre los docentes y los facilitadores del ministerio, debido a que los primeros cuestionaron la calidad del diseño y de los contenidos y finalmente, en una cadena nacional, el entonces presidente, decidió abortar el procedimiento y echó para atrás la reforma.

El Currículo Bolivariano, segundo intento

Entre 2011 y 2013, se mantuvo la intención de cambiar el currículo, esta vez de manos de Mariann Hanson como ministro. El documento central de esta reforma fue el denominado «Líneas curriculares» y, como en el intento del 2007, abarcaba toda la educación básica. En él se retomaban algunos de los elementos de la anterior propuesta y entre sus páginas se afirmaba, entre otras cosas, que los contenidos  debían «construirse desde una perspectiva inter y transdisciplinaria».

De acuerdo a los anuncios hechos en la página del ministerio y a las declaraciones de sus funcionarios, la reforma estaría precedida de una amplia consulta, sin embargo, los documentos sobre los que se basaba la misma, no presentaban los detalles del diseño, por lo que el procedimiento se dificultaba y hubo reiteradas solicitudes públicas de información al ministerio, por parte de diversas organizaciones y gremios del sector. Las menciones sobre dicha reforma, terminaron cuando se hizo efectivo el cambio de ministro.

La propuesta de «adecuación curricular»

Entre la reforma propuesta por Mariann Hanson y la propuesta de reforma actual, se desarrolló la Consulta Nacional Educativa. La Consulta estaba dirigida a la discusión general de la política educativa y, como es evidente, parte de los temas de los encuentros se relacionaron con la formación y los programas de estudio. A pesar de sostenemos las críticas que tuvimos en su momento sobre la forma en que se desarrolló el proceso y la participación efectiva de todos los sectores vinculados con la educación básica (**), entendemos que de la información recolectada durante el mismo, el ministerio tomó ideas y propuestas para iniciar el trabajo de reforma de la educación media, muchas de las cuales, por cierto, coinciden con las que sustentaban los intentos fallidos previos. Con ellas elaboró un primer papel de trabajo, titulado: «Adecuación Curricular en el Nivel de Educación Media General: Propuesta de Trabajo» que fue presentado a los planteles en marzo del año pasado, es decir, a finales del año escolar 2014-2015.

Como dijimos en su momento, el documento de unas 8 páginas en total, era bastante deficiente y contenía una presentación general de la propuesta, que incluía siete «ejes de aprendizajes» y el pase de los liceos a turno completo, «de 7:00 am a 5:25 pm para garantizar una educación flexible e integral»; así como unas directrices para el proceso de consulta que incluían la dinámica a emplear y unas preguntas generadoras.

De acuerdo a la dinámica planteada, la consulta incluiría mesas de trabajo en cada liceo durante marzo y abril de 2015,  en las que participarían «Docentes, Estudiantes, Personal Administrativo y Obrero, Padres, Madres, Representantes». El material producido en cada mesa sería sistematizado por un equipo de trabajo de la propia escuela y sería entregado al equipo que, en cada Estado, se constituiría para este proceso.

Una segunda instancia de trabajo se daría por Estado, entre abril y mayo de 2015. Esta contaría con la participación de «especialistas de las universidades» y para el junio, se esperaba tener un documento nacional que se iba a considerar como un primer avance de la propuesta, para que, en julio se comenzara a trabajar lo que el documento denominó «aproximado al plan de estudio».

Las preguntas generadoras incluidas en el documento, fueron:

«1. ¿Cuáles serían los propósitos de cada eje, qué se quiere lograr en los y las estudiantes en cada uno de estos ejes?
2. A partir de la formación recibida en el pregrado universitario, estudios de postgrado y la experiencia con estudiantes en la institución educativa donde laboran, ¿Cuáles temáticas y contenidos seleccionarías como básicos para los fines y propósitos del eje de aprendizaje, que permitan un aprendizaje significativo en la vida, en la resolución de problemas y situaciones de nuestra vida contemporánea y cotidiana, por ejemplo en su preocupación por el y la prójimos, conciencia ambiental, responsabilidad con respecto a su sexualidad, economía, soberanía, entre otras? Sugerencia: apoyarse con los proyectos de aprendizaje y estrategias que realizan, con los temas que se abordan con la Canaima educativa y los textos de la colección Bicentenario. CUÁLES SERÍAN LOS CONTENIDOS NECESARIOS PARA LA VIDA Y CUÁLES PARA SEGUIR APRENDIENDO.
3. ¿Cuáles contenidos, por su dificultad con respecto al período de vida de la adolescencia y juventud, cambiarían de un año para otro?
4. ¿Qué procesos (sociocognitivos, afectivos, axiológicos, prácticos) se pueden potenciar con los temas y contenidos básicos seleccionados?
5. ¿Qué sugerencias propones para que la evaluación de los ejes de aprendizaje responda a estas adecuaciones y al artículo 44 de la LOE, en relación al logro de los fines de la educación?
6. ¿Cuáles son las propuestas pedagógicas y didácticas sugeridas para la enseñanza y el aprendizaje de estos contenidos en las áreas de aprendizaje planteadas?»

En abril de 2015, voceros del ministerio anunciaban que el diseño se aplicaría en un conjunto de 400 escuelas públicas ubicadas en varios estados, para poder evaluar los resultados de su aplicación, tomando en consideración las peculiaridades regionales. En aquel momento, una de las preocupaciones expresadas por gremios y directivos de planteles, fue la extensión de la jornada a tiempo completo, debido a que el país no contaba -y aún no cuenta- con escuelas suficientes para atender a los estudiantes del nivel a tiempo completo, y porque muchas de las existentes se encontraban deterioradas, con insuficiente o mala dotación, en especial en los laboratorios.

Ante esa preocupación manifiesta, el ministerio respondió que esa situación, incluyendo la dotación de los laboratorios de física, química y biología sería resuelta a través de la ejecución del convenio con China. Al respecto, es importante señalar que, en nuestra acostumbrada revisión de la Memoria y Cuenta de la gestión del 2015 del MPPE, no encontramos referencias a la ejecución del convenio con China, por lo que esperamos que el ministerio, presente al inicio del próximo año escolar, un informe detallado de la ejecución del convenio con China que contenga un listado con las escuelas construidas y remodeladas, así como de las que recibieron dotación en los laboratorios de física, química y biología, con los montos y el detalle de la inversión realizada en cada escuela, especificando los proveedores y contratistas asociados.

De «adecuación» a «cambio curricular»

Otra de las cosas que fue cuestionada de la propuesta presentada en marzo del 2015 por el ministerio, fue la denominación de «adecuación», para una propuesta que realmente perseguía una reforma del nivel. Esta crítica, al parecer, dio algunos frutos, porque en la siguiente aparición de la propuesta, ya era denominada «Proceso de Cambio Curricular en Educación Media».

Fue con esa denominación y con un documento, elaborado a finales de agosto y fechado en septiembre de 2015 que comenzaron a difundirse los avances del ministerio en este proceso. El documento, una presentación en «power point» arrancaba con una propuesta de resolución, con 12 artículos, que indicaba que:

  • Producto de una primera consulta con «docentes de educación media y otros sectores interesados» se habían definido «los elementos fundamentales de una propuesta de cambio curricular para la educación media»
  • Se crearía una «Comisión Especial para el perfeccionamiento del diseño propuesto y el seguimiento a los centros educativos que lo implementarán durante el año escolar 2015-2016»
  • La propuesta curricular se aplicaría en una lista de 127 planteles a partir del año escolar 2015-2016, y aunque decía que la resolución incluía la lista, en el documento no aparecía.
  • Se seguiría este «el plan de estudios».

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  • Se establecían las pautas de funcionamiento y la forma de acreditación de los aprendizajes en los grupos estables, la organización de las horas del área de ciencias naturales, los referentes éticos, la denominación del título a otorgar -una vez terminados los estudios-, y que la formación docente, así como el acompañamiento para el proceso de cambio estaría a cargo de las direcciones generales de Investigación y Formación Docente y de Supervisión del ministerio.
  •  El producto de la evaluación del desarrollo curricular, los resultados de la consulta, así como el diseño curricular que se aplicaría en todos los planteles de educación media general, se presentaría, por la «Comisión Especial» creada, a consideración del ministro, la primera semana del mayo del 2016.
  • Durante ese año escolar (2015-2016) se diseñarían «propuestas de diseño curricular para la educación media técnica y las modalidades de educación media rural, la educación media intercultural bilingüe y educación media especial, en consulta con las comunidades correspondientes».

Esa resolución, a pesar de que en documentos posteriores se trata como promulgada, no aparece en la Gaceta Oficial de los meses agosto y septiembre del 2015, ni se hace referencia alguna a ella, en la memoria y cuenta del MPPE de ese año.

Tres segundos documentos

Acompañando a esa presentación -de la que conocimos 2 versiones-, llegó a algunas escuelas, el documento denominado: «Proceso de Cambio Curricular en Educación Media. Documento general de sistematización de las propuestas pedagógicas y curriculares surgidas en el debate y discusión». De este documento, llegaron a nuestro buzón 3 versiones elaboradas en 3 fechas distintas, con diferente extensión, pero una presentación casi idéntica. En nuestro caso, llegaron por los caminos verdes, pero sabemos que a varias escuelas, no sabemos a cuantas, llegaron enviados por los supervisores correspondientes.

Dos de los documentos, los que entendemos son los más recientes, por las propiedades, comparten esta portada:

caratula

El que entendemos es el primero, no la tiene, pero su diagramación, diseño y presentacón, no parece dirigido a la reproducción en imprenta, como los dos siguientes. Pero, como dijimos, los tres tienen fechas de elaboración y extensiones diferentes, tal como se aprecia en sus propiedades:

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Las propiedades del «segundo documento», elaborado en octubre del año pasado -a pesar de que su presentación dice que era de septiembre-, reporta un total de 140 páginas, sin embargo, el documento tiene el doble, ya que fue diagramado a doble página. Así que de acuerdo a la extensión de cada uno, pasamos de 319 páginas en la primera versión del «segundo documento», a 278 y terminamos con 160 páginas en el «segundo documento» más reciente.

No obstante, la sección denominada «presentación» en los tres documentos es idénticas, letra a letra, tanto así que todos comienzan diciendo: «Este es el segundo documento elaborado para orientar el cambio curricular en la educación media venezolana». Entendemos de esta presentación que, a pesar de las fechas y extensiones y, a pesar de que el documento fechado en mayo de este año 2016, debería ser el producto de la evaluación de la aplicación de lo contenido en el primero en unos planteles piloto, se puede tratar de propuestas equivalentes, intercambiables, y sin variaciones de fondo. Lo que nos lleva a preguntarnos si el proceso de consulta y construcción de la propuesta, que como se anunciaba en la resolución, se desarrollaría durante el año escolar 2015-2016, así como la aplicación del modelo en los liceos, no tuvo como consecuencia ningún cambio en la propuesta de septiembre del año pasado, o si el tercer «segundo documento» que llegó a nuestras manos, no es el que recoge los cambios y mejoras sugeridos durante los procesos de consulta y aplicación del modelo en las escuelas seleccionadas, de acuerdo con las pautas metodológicas presentadas en la resolución que no encontramos en Gaceta.

Lo que sí encontramos y nos llamó la atención, fue una variación en el texto ubicado después de la portada y antes de la tabla de contenidos en los «segundos documentos» 2 y 3. Entre ellos, como se puede ver en las siguientes capturas de pantallas, hay diferencias en los tiempos verbales con los que se refieren al proceso, y en el más reciente, se elimina la referencia a la necesaria aprobación después de la consulta, quizá porque su elaboración fue a mediados del mes de mayo. Eso podría indicar que, a pesar de que las presentaciones sean idénticas, el tercer «segundo documento», pudiera haber incorporado los productos de los procesos desarrollados durante el año escolar 2015-2016, tal como lo decía el procedimiento.

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En todo caso, es imprescindible que el MPPE aclare al país, cuál es el documento actual, sea el definitivo o uno que esté en proceso de perfeccionamiento y mejora permanente, para que los actores del sistema educativo y la ciudadanía en general, que no conoce la propuesta de cambio curricular o que no ha podido participar en las jornadas celebradas hasta ahora por el ministerio, pueda conocer con detalle su contenido y opinar con propiedad al respecto.

También es importante que el MPPE publique el texto de la resolución a la que hacen referencia estos documentos y que contiene, probablemente, disposiciones generales muy parecidas a las que se incluyeron en la presentación de septiembre del 2015, a la que nos referimos anteriormente, y también el listado de los planteles en los que durante el año escolar pasado se aplicó el diseño

Sobre dicha aplicación, es importante resaltar que, el primer anuncio de un funcionario del ministerio en marzo del año pasado, indicaba que incluiría a 400 planteles; posteriormente, el texto de la resolución que no encontramos en Gaceta se refería a un listado de 127, pero de acuerdo a la información recogida en esta nota por el portal EfectoCocuyo, el Ministerio de Educación en una reunión realizada con la la Asociación Venezolana de Escuelas Católicas (Avec) y Fe y Alegría, informó que el mismo había sido aplicado durante el año escolar 2015-2016 en 68 planteles.

Pero más allá de aclarar cuántos planteles participaron, hayan sido 400, 127 o 68 los planteles en los que se aplicó el nuevo diseño curricular, el MPPE debe presentar al país y especialmente a los actores vinculados con el sistema educativo, los términos y resultados de dicha aplicación, así como los aprendizajes y mejoras obtenidos e incorporados al modelo, en consecuencia.

Pinceladas generales sobre el contenido del documento

Sin entrar en detalles sobre el contenido y calidad de la propuesta, cosa que haremos en una próxima publicación sobre el tema para no extender más esta publicación, queremos dejar esbozada la presentación de la propuesta con un par de pinceladas y unas preguntas de cierre.

En líneas gruesas, ésta es la estructura que plantea la propuesta de cambio curricular:

modelo

Estos son los referentes éticos, los temas indispensables y las áreas de formación propuestos:

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Como grandes pinceladas permiten apreciar que el nuevo diseño, no se restringe a unas modificaciones superficiales que se pueden aplicar de una sola vez de primero a quinto año, en toda la educación media, sino que, como reforma curricular que encierra, necesita una instrumentación progresiva comenzando por el primer año y sumando posteriormente, un año a la vez. Sin embargo, por los anuncios hechos por el MPPE hasta el momento, esa no parece ser la estrategia.

La aplicación del modelo, también requiere de los liceos, por una parte que actualicen y adecúen sus recursos para el aprendizaje, y por la otra que reorganicen la lógica con la que se trabajan los contenidos y se construyen conocimientos, trascendiendo los límites y las calidad de la Colección Bicentenario y los contenidos de las Canaimas que son, hasta ahora, los recursos más importantes con los que el MPPE ha tratado de incidir en lo que se aprende en la Educación Básica. De forma complementaria, requiere que se replantee el tiempo y las condiciones de trabajo y contratación de los docentes de educación media. Esto último se puede ver con mayor claridad en el siguiente extracto de la propuesta:

métodoenCsNaturales

Como se aprecia en el texto, la instrumentación de esta propuesta, implica que los docentes del nivel, cuenten la formación y con horas para el trabajo en equipos interdisciplinarios y para la planificación colectiva; además, que los docentes de primero a tercer año, cuenten con la formación que les permita desarrollar su trabajo haciendo la ejecución integral. Por lo que, recordando las experiencias previas, como la del fallido Liceo Bolivariano, adelantamos como preguntas al ministerio:

  1. ¿Cuál es la estrategia de aplicación del modelo y cómo se garantiza que los estudiantes que están actualmente en los últimos años de educación media, puedan culminar de forma exitosa sus estudios sin ser afectados negativamente por la instrumentación de la reforma?
  2. ¿Cuánto tiempo necesitan los liceos, de acuerdo a sus características y peculiaridades, para contar con las condiciones óptimas para que la aplicación del modelo sea realmente exitosa? ¿Cómo incorpora esa variable el MPPE en su programación?
  3. ¿Cuáles serán las directrices que orientarán el acompañamiento, monitoreo, evaluación y los ajustes del proceso en cada liceo, zona educativa y a nivel nacional? ¿Cómo se programa la formación de los supervisores para que logren realizar un acompañamiento efectivo del proceso desde cada Estado y Municipio? ¿Con qué recursos cuentan y cuál es la inversión que está planteada para ello?
  4. ¿Cuáles son los planes específicos de formación de los docentes que permitirán aplicar el nuevo diseño de forma exitosa? ¿En cuanto tiempo y con cuál inversión se llevarán a cabo para garantizar que los docentes tengan la formación adecuada para las exigencias del modelo?
  5. ¿Qué modificaciones administrativas, en términos de contratación de los docentes y de funcionamiento de los liceos se han programado, para garantizar que en esta oportunidad el modelo no fracase, por falta de condiciones para instrumentarlo? ¿Cuánto le costarán al país los cambios previstos? ¿De dónde se obtendrán los recursos, cómo se hará la inversión, y en cuánto tiempo?
  6. ¿Qué inversión se plantea hacer para ampliar y mejorar la calidad de los recursos con los que cuentan las escuelas para la aplicación de este modelo? ¿Cuánto se invertirá en conexión y acceso a Internet? ¿Cuánto se invertirá en modernizar y dotar los laboratorios? ¿Cuánto se invertirá en la ampliación y construcción de nuevos liceos para garantizar la extensión de la jornada a jornada completa? ¿Cómo se estima resolver el déficit de escuelas que ofrezcan este nivel educativo, en las zonas del país a las que la educación media no llega? ¿De dónde se obtendrán los recursos, cómo se hará la inversión, y en cuánto tiempo?
El MPPE, como garante del derecho a una educación de calidad para todos, debe saber que si no se utiliza la estrategia adecuada, se hacen los cambios administrativos y las inversiones necesarias para garantizar que la aplicación de ésta u otra propuesta de cambio curricular sea exitosa, como país, seguiremos condenando a nuestros estudiantes y ciudadanos a tener una educación media a medias.

Nota de cierre

El 14 de junio, el presidente de la República en cadena nacional, anunció que había aprobado el nuevo currículo de educación media. Sin embargo, ese anuncio no fue formalizado con ningún instrumento normativo que se conozca o que haya sido publicado en Gaceta Oficial, por lo que se desconoce qué fue exactamente lo que el presidente dijo que aprobó y las consecuencias efectivas para el funcionamiento de este nivel educativo. En imprescindible que, además de las solicitudes de información y aclaratorias que hemos incluido en este texto, el ministerio aclare al país qué fue lo aprobado y presente el instrumento normativo que se promulgó para recogerlo.

 

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(*) Gráfico «Dimensiones del Derecho a la Educación» tomado de Ramos, O.; Más allá de la escuela… la sociedad educadora en Ugalde, L (Coordinador); Educación para Transformar el País. Foro Cerpe. Caracas, 2012.

conceptualización

(**) En este enlace puedes conocer lo publicado por el Observatorio en este blog durante el proceso de consulta.

Corporación Nacional para la Alimentación Escolar –> 57 días más tarde

El 16 de septiembre pasado, como parte de los actos de inicio del año escolar, se anunció la creación de la Corporación Nacional para la Alimentación Escolar, así como la aprobación de recursos que permitirían financiar los costos del Programa de Alimentación Escolar hasta el mes de diciembre, incluyendo el incremento del pago que se realiza a las madres procesadoras.

Tal como se recogió en diversos medios (1), los anuncios fueron:

1. La creación de la Corporación Nacional para la Alimentación Escolar.

2. La transformación del Programa de Alimentación Escolar en un programa «integral» con «componentes productivos, comercializadores y de servicios«.

3. La incorporación de las madres procesadoras como trabajadoras adscritas a la Corporación.

4. El aumento del pago de las madres procesadoras al monto del salario mínimo, aplicable a partir del primero de septiembre.

5. La aprobación de 2.155 millones de bolívares para el pago del salario de las madres procesadoras y incluyendo el bono de fin de año.

6. La aprobación de 6.703 millones de bolívares para garantizar el funcionamiento del PAE hasta el mes de diciembre.

Desde el día del anuncio, hicimos seguimiento a las publicaciones en la Gaceta Oficial, debido a que, el tipo de decisiones anunciadas, deben formalizarse mediante decretos y publicarse en Gaceta.

El primer decreto con el que se comienzan a hacer efectivos esos anuncios, el Decreto 1.387, se aprobó y publicó en la Gaceta Oficial 48.538, este martes 11 de noviembre. Se trata del decreto presidencial mediante el que se crea la Corporación.

Desde el día del anuncio, el 16 de septiembre, hasta la publicación de este primer decreto, pasaron 57 días.

En el texto del decreto (2) se lee que «se autoriza» la creación de la Corporación (artículo 1) y que, una vez que el MPPE revise el procedimiento con la Procuraduría, es que podrá realizar los trámites para elaborar y registrar el acta constitutiva (artículo 9), es decir, que hasta que ese trámite no se haga efectivo, la Corporación no se puede considerar un hecho.

También dice el decreto que:

–> se trata de una empresa del Estado bajo la figura de Sociedad Anónima, adscrita al MPPE con sede en Caracas, que podrá establecer oficinas en cualquier lugar del país, (artículos 1 y 2).

–> se inicia con 8.859.586.653 acciones, que tendrán el valor de 1 Bolívar, por lo que su capital inicial es de  8.859.586.653 bolívares -que son 1.586.653 Bolívares más que el monto total de los anuncios hechos por el gobierno el 16 de septiembre (2.155 + 6.703 = 8.858 millones de bolívares)- pagaderos en su totalidad por el MPPE, (artículo 5).

–> estará conformada por una Asamblea de Accionistas (que no se especifica quién y cómo se constituye) y administrada por una Junta Directiva que será designada por el Ministro de Educación, (artículo 6).

–> su organización y funcionamiento se determinarán en su acta constitutiva y su reglamento interno, (artículo 7).

Esto significa, que a esta altura:

1. No está clara la fecha en la que podrá comenzar a operar la Corporación.

2. Para que el MPPE pueda formalizar todo el procedimiento, tiene que haber recibido un crédito adicional por el monto del capital inicial que previamente debe ser aprobado y publicado en Gaceta Oficial, o que debe hacer una transferencia entre partidas para contar con los fondos, si es que hubiese disponibilidad en el presupuesto actual del Ministerio. La transferencia también debe ser aprobada y publicada en Gaceta Oficial para que se haga efectiva. (Por el contenido del anuncio hecho el 16 de septiembre y por el presupuesto disponible en el Ministerio de acuerdo a la Ley de Presupuesto y los créditos adicionales aprobados hasta la fecha para ese despacho, se presume que se tratará de un nuevo crédito adicional)

3. Dada la coincidencia entre el monto anunciado y el monto aprobado, se puede suponer que los 6.703 millones anunciados para cubrir los costos del PAE de septiembre a diciembre, incluyen los gastos de funcionamiento de la Corporación, no solo los relacionados con el pago de los insumos para la preparación de los alimentos. Por lo que si, en las cuentas iniciales, basadas en la cantidad de días y de estudiantes a atender, nos daban un poco más de 20 Bolívares diarios por estudiante para suministrar, en buena parte de los casos, hasta 3 comidas al día (desayuno, merienda y almuerzo), habrá que conocer los gastos de funcionamiento de la Corporación para poder tener un estimado del presupuesto disponible para la compras asociadas a la operación del PAE; lo que solo podrá hacerse cuando esté registrada y establecida su organización y funcionamiento.

4. Si la Corporación aún no está operativa, las madres procesadoras no han sido formalmente contratadas, por lo que no deben haber recibido el pago del salario mínimo, desde el primero de septiembre, tal como fue ofrecido.

Dada la información disponible hasta el momento, cabe preguntar:

1. ¿Cuándo está previsto que comience a operar la Corporación?

2. ¿Cómo y quiénes conformarán la Asamblea de Accionistas?

3. Si no se ha aprobado ningún crédito adicional o una transferencia de partidas, ¿cómo se están pagando los costos de la operación del PAE hasta el momento?

4. Si al monto estipulado para la operación del PAE hasta diciembre, se restan los gastos de funcionamiento, ¿cuál es el monto estimado para adquirir y transportar los insumos que se utilizarán en la elaboración de las comidas? ¿Cuál es el monto disponible para cada comida?

5.  ¿Cuál es el monto que se les ha pagado a las madres procesadoras por su trabajo durante este tiempo? ¿Se les ha pagado? ¿Con qué figura?

6. ¿Cuando suscriban el contrato con la Corporación, las madres procesadoras tendrán todos los beneficios que les corresponden por ley?

7. ¿Por qué el monto del capital inicial es casi el mismo que los gastos para la operación del PAE?

Hay muchas más preguntas asociadas a las modificaciones en el PAE que se asomaron el día del anuncio, específicamente sobre la incorporación de componentes de producción y comercialización y sobre la estrategia para construir y llevar a cabo el proceso de cambio que implica, que haremos posteriormente porque entendemos que, si el ejecutivo tardó 57 días en promulgar el decreto con el que se anuncia la creación de la Corporación, hay muchas más cosas que segura y lamentablemente, aún no tendrá resueltas.

Sin embargo, por lo que ha sucedido hasta el momento, no podemos dejar de señalar que el ejecutivo, el 16 de septiembre, debía tener elaborada una propuesta concreta, desarrollada con todo detalle y sometida a un estudio de factibilidad, que, en el peor de los casos, requiriera de unos pocos días para completar los trámites legales y la aprobación de recursos, y que incluyera una estrategia para construir el cambio. En su lugar, se anunció la creación de la Corporación y la aprobación de recursos como hechos cumplidos, generando, sin necesidad, falsas expectativas en la población.

 

 

(1) En los siguientes enlaces se pueden ver las noticias recogidas en algunos medios, sobre los anuncios hechos por el ejecutivo.

Noticia sobre la creación de la Corporación – Ministerio de la Defensa

Noticia sobre la creación de la Corporación – Diario Panorama

Noticia sobre la creación de la Corporación – El Universal (16/09)

Noticia sobre la creación de la Corporación- El Universal (17/09)

(2) La Gaceta Oficial 48.538, con el decreto 1.387 se puede ver aquí