Sin condiciones óptimas y sin calendario

Para nadie en Venezuela, es una novedad que no todos estudiantes asisten a la escuela desde el primer día del año escolar. Esto, que se debe a varios factores, se ha ido incrementando como práctica, en los últimos años, por el deterioro de las condiciones de vida en el país, que incluyen escuelas sin condiciones para el inicio y desarrollo de las actividades escolares.

Comencemos por los docentes

Sin embargo, lo que constituye una novedad, este año escolar, es suceda lo mismo con los profesionales de la docencia que, por las precarias condiciones laborales y de contratación, experimentan severas limitaciones para asistir cotidianamente a su trabajo, esta situación, para los que han decidido mantenerse ejerciendo en las escuelas, incluye la imposibilidad sufragar los costos del transporte.

No obstante, en numerosos casos, como ha sido reportado por diversos gremios y reconocido indirectamente por el ministerio (con la creación de un mecanismo para la incorporación de no profesionales de la docencia, al ejercicio, a través de un programa de formación), las dificultades los han llevado a abandonar el ejercicio de la docencia, dejando sin maestros y profesores muchas aulas en todo el territorio nacional.

Ante esta situación, los gremios docentes, comenzaron el año escolar, convocando una protesta el mismo 16 de septiembre, como todo el país pudo conocerlo directamente, o a través de los medios de comunicación y las redes sociales.

A una semana de esa protesta, ante la falta de respuesta del ente rector, los gremios docentes sostienen sus reclamos. Para que puedan conocer, directamente la exposición de motivos y la posición de los gremios, les dejamos, a continuación, dos declaraciones.

La primera, emitida el pasado 19 de septiembre, es la que corresponde a la Federación Nacional de Profesionales de la Docencia, Colegio de Profesores de Venezuela. (Pulsando en cada imagen pueden ver el texto en un tamaño legible)

Y la segunda corresponde a la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela, FETRAMAGISTERIO, emitida el pasado 20 de septiembre y en la que convocan a sus sindicatos filiales, así como a todas las Federaciones de la Coalición Sindical Nacional, a la realización de Plenos Zonales los días 24, 25 y 26 de septiembre, es decir, martes, miércoles y jueves, de esta semana, para debatir opciones de estrategia.

Si el ente rector, no toma decisiones que ayuden a resolver el problema de fondo que afecta a la profesión docente, esto es, la desarticulación y desprofesionalización de la carrera docente, y las precarias e inaceptables condiciones, tanto contractuales, como institucionales (estas son las condiciones en las que se desarrollan las actividades en las escuelas), honrando lo establecido en el artículo 104 de la Constitución, lo que incluye eliminar todo intento de injerencia partidista en la relación entre los docentes y el Estado y entre ellos, y los estudiantes; las condiciones para la realización del derecho a la educación de los estudiantes, cada vez serán más precarias, pero en este caso, por la imposibilidad de los profesionales de la docencia que quedan en ejercicio, de poder seguir asistiendo a las aulas. Recordemos que lo que dice la Constitución sobre la profesión docente:

Articulo 104

Es evidente que, por la magnitud del éxodo docente, por la migración y por el cambio de actividad productiva, y en el marco de la crisis humanitaria por la que atraviesa Venezuela, se requiere tomar medidas extraordinarias que pueden contemplar la incorporación de profesionales, no docentes, a las aulas, pero para ello, se deben tomar un par de medidas previas y garantizar que las medidas especiales tengan características tales, que permitan asegurar el buen desempeño de estas personas, mientras se transforman profesionalmente, en docentes.

Las medidas previas son:

  1. Honrar las condiciones contractuales de los profesionales de la docencia, establecidas en la convención colectiva vigente y mejorarlas con un acuerdo que permita a estos profesionales, enfrentar las consecuencias de la hiperinflación y las fallas en los servicios públicos, incluyendo el transporte, así como las dificultades para conseguir insumos para la alimentación, de forma que puedan tener una calidad de vida como la que requieren para la delicada labor que desempeñan, tal como lo establece el artículo 104, previamente citado.
  2. Ofrecer un acuerdo complementario al pago por la jubilación a todos los docentes que se encuentren jubilados en este momento, y que decidan reincorporarse temporalmente al ejercicio. Ese complemento, debe tener las mismas características que el ofrecido al docente, de forma que los jubilados que decidan reincorporarse, también puedan tener una calidad de vida como la que requieren para la delicada labor que desempeñarán.

Con la aplicación de estas dos medidas previas se garantizaría, en primer lugar, que los docentes que aún permanecen en ejercicio, tengan un nivel de calidad de vida que les permita ofrecer experiencias de aprendizaje de calidad a sus estudiantes; y en segundo lugar, que muchos de los docentes que se separaron de sus cargos, pero que no emigraron del país, vuelvan a las aulas, lo que junto con la reincorporación de docentes jubilados al ejercicio temporal, disminuiría notablemente, el déficit de docentes en las escuelas, pero la disminución estaría asociada al trabajo de profesionales con formación y experiencia, lo que también garantizaría experiencias de aprendizaje de calidad y disminuiría los riesgos y consecuencias de la improvisación en el sistema educativo.

Las medidas extraordinarias incluirían:

  1. El llamado y selección, mediante evaluación, de profesionales que quieran formarse y ejercer como docentes. La evaluación se enfocaría en las áreas o asignaturas que les correspondería enseñar, para garantizar que el que se postule, sepa lo que tiene que enseñar (que es una condición básica para poder ejercer la profesión docente).
  2. El desarrollo de un proceso de formación de la dimensión pedagógica o andragógica del ejercicio (dependiendo de si se incluye la atención a la formación de adultos en estas medidas), iniciando con énfasis en el nivel y etapa que le corresponderían enseñar. Este debería tener dos modalidades, una a dedicación exclusiva y una compartida con ejercicio en aula. Esta segunda solo se podría desarrollar, cuando los participantes, se encuentren en condiciones para el ejercicio durante su formación. Así mismo, el desarrollo de la formación debe hacerse de acuerdo al diseño de un programa de nivel universitario que permita obtener, al culminar el proceso, un título docente, tal como se establece en la legislación vigente y con los estándares que se derivan de la misma y de lo establecido en las Constitución.
  3. La elaboración de un sistema de evaluación que permita aprobar el pase de la formación en dedicación exclusiva a la formación con ejercicio en aula.
  4. El desarrollo de un sistema de acompañamiento y monitoreo que permita orientar el trabajo de los participantes, una vez que ingresen al ejercicio en las aulas.
  5. La conformación de una red de acompañamiento y supervisión que pueda incluir, monitoreo de actividades en aula, una vez que los participantes se encuentren haciendo formación en ejercicio y que permita instrumentar el sistema desarrollado para tal fin.
  6. El desarrollo y distribución de materiales de apoyo para los futuros docentes en ejercicio, que les permitan reforzar su proceso de formación, ya sea durante la fase de formación exclusiva, o durante la fase de formación con ejercicio en aula.

Como se puede apreciar, el que las medidas tengan carácter extraordinario, no significa que la formación sea improvisada, insuficiente o de baja calidad. De igual manera, ignorar la necesidad y posibilidad de instrumentar las medidas previas a las extraordinarias, solo tendrá como consecuencia que se incremente el déficit de docentes y que la planta docente nacional, en general, disminuya en calidad, debido a la necesidad de formar, en corto tiempo, e incorporar al ejercicio, sin suficiente formación y sin experiencia, a grandes grupos de docentes.

Pero las condiciones no se restringen a la disponibilidad de docentes formados

Como señalamos en una publicación previa, las condiciones para el óptimo funcionamiento de las escuelas, se han visto afectadas por la situación del país, específicamente en las fallas en los servicios básicos (luz, agua, gas, transporte) así como en la disponibilidad de insumos para preparar la alimentación; pero también por la inexistencia de un plan de mantenimiento integral y a largo plazo que incluya todas las necesidades y tipo de actividades que requieren las instalaciones educativas para estar en condiciones óptimas, así como por la baja calidad de los recursos educativos suministrados por el Estado y por las pésimas condiciones de trabajo y contratación del personal de las escuelas, incluyendo el personal docente.

Las fallas en los servicios básicos (luz, agua, gas y transporte), no han recibido una respuesta completa y planificada por parte del Estado y las soluciones que se han empleado en los años escolares previos, han sido puntuales y dependientes, en su mayoría, de las posibilidades de la comunidad educativa de cada escuela, con algunas respuestas puntuales también, de algunos entes regionales y locales.

Para poder garantizar que las escuelas funcionen, mientras se resuelven las causas que ocasionan las fallas recurrentes en los servicios, se requieren planes concretos que permitan conocer la situación de cada escuela para cada servicio, y desarrollar actividades para darles atención especial. Esto es, entre otras:

  1. Conocer el comportamiento del sistema eléctrico en las zonas donde se encuentra cada una de las escuelas y determinar, cuáles requieren contar con una planta eléctrica para poder dotarlas con las plantas y con los suministros que garanticen su funcionamiento.
  2. Conocer la situación del servicio de agua potable, en cada una de las escuelas para establecer cuáles requieren dotación con camiones cisterna, con qué frecuencia y en qué cantidad, para programar la compra y el cronograma de suministro.
  3. Conocer la situación del servicio de gas de cada una de las escuelas, para establecer las necesidades y la frecuencia, programar la compra y el suministro.
  4. Ante la inexistencia de unidades de transporte escolar en la mayoría de las escuelas oficiales del país, se debe conocer la situación del sistema de transporte público en las zonas en las que se encuentran las escuelas y procurar con los transportistas, acuerdos financiados, para garantizar la existencia de rutas con unidades que permitan el traslado de los estudiantes, y los trabajadores de las escuelas en general, incluyendo a los docentes, para ir a la escuela y regresar a sus casas diariamente, en el horario que corresponda a cada escuela.

Es importante que este tipo de acciones se diseñen e instrumenten para todos los aspectos en los que existe deficiencia en el sistema educativo, ya sea, como en estos servicios, cuyo suministro no depende directamente de cada escuela, como en la garantía de las condiciones óptimas para su funcionamiento.

Una lógica similar, por cierto, aplicaría al suministro de alimentos para el Programa de Alimentación Escolar, pero no lo vamos a tocar en este momento, porque hicimos referencia al mismo en la publicación pasada.

Estas medidas, permitirían atender a la emergencia, mientras se resuelven los problemas de fondo que hace que fallen los servicios y, en términos del sistema educativo, como dijimos en las publicaciones previas, se requiere de un plan para atender a la emergencia, que incluya la reinserción de los niños y jóvenes que están fuera del sistema; y otro de recuperación a largo plazo, que desarrolle, en un primer momento, la restauración del derecho a la educación, y que, posteriormente, se plantee la reinvención del sistema en general y que en términos curriculares incluya, una revisión profunda del para qué queremos educación básica obligatoria, en Venezuela.

¿Y el calendario, qué?

Bueno, el calendario, a pesar de que en la cadena de inicio del año escolar, el pasado 16 de septiembre, el ministro Aristóbulo Isturiz anunció que ya estaba listo, no ha sido enviado a las escuelas, ni aparece publicado en la página web el MPPE. (Es importante resaltar que, hasta el momento en que se escribe esta nota, la cuenta de twitter del MPPE arroja un mensaje de error, ver la imagen 1 y aunque durante el domingo, la página web del MPPE también daba error, ver la imagen 2, ya la web fue restituida, pero no aparece el calendario de este año escolar. De hecho, el banner y el calendario, siguen siendo los del año escolar pasado, tal como mostramos en la publicación pasada).

Ante esa ausencia, las escuelas solo cuentan con algunas instrucciones parciales, giradas por el ministerio en la instrucción titulada «Regreso a clases con alegría» y por algunas zonas educativas, como en el caso de Carabobo y Táchira.

La información contenida en la instrucción titulada «regreso a clases con alegría» es la siguiente:

Y ésta es la información distribuida por las zonas educativas:

Como se puede observar, la información circulada, contiene pautas para desarrollar algunas actividades culturales y deportivas con los estudiantes, pero no aparecen las actividades de inicio del año escolar correspondientes al trabajo de directivos y docentes.

Por los momentos en el que circuló esta información, las escuelas que ofrecen educación media, tuvieron la oportunidad de hacer algunos ajustes en su programación, ya que, el inicio de las actividades con estudiantes, para ese nivel, es el próximo martes 1 de octubre. Sin embargo, las escuelas en las que se ofrece educación inicial y primaria, tuvieron que arrancar a menos de una semana de haber comenzado a recibir esa información.

También es importante hacer notar que las labores de acondicionamiento de las escuelas, estaban programadas, en su mayoría, para el viernes previo al inicio del año escolar, como se puede ver en el primer cuadro de la instrucción, a pesar de que el plan denominado «Una gota de amor para mi escuela en resistencia», dice estar previsto para desarrollarse durante los meses de septiembre y octubre y la evaluación de los planteles para establecer prioridades de atención, estaba programada para hacerse, durante el mes de septiembre.

En términos del acondicionamiento, el mantenimiento mayor y la construcción de nuevos planteles, la extensión de las actividades, o su programación solapada con el inicio de las actividades escolares, hace inviables las segundas, o, en el mejor de los casos, hace que se desarrollen en condiciones inadecuadas.

En efecto, en términos del inicio de actividades, lo más importante es que tanto la evaluación de las condiciones de las escuelas, como la ejecución de las obras que requieran y se les programe mantenimiento para este año escolar, está solapada con el primer mes y medio de actividades, para los niveles de inicial y primaria, y con el primer mes de clases para bachillerato, lo que es absolutamente inconveniente para el desarrollo de las actividades, porque altera la planificación que se puede haber iniciado en las escuelas a incorporar, además de ser contrario a la garantía de contar con condiciones óptimas para la realización del derecho a la educación.

Ahora, ¿por qué es importante, contar con el calendario?

Manteniendo el llamado de atención sobre el solapamiento del inicio de actividades, con el diagnóstico, selección y reparación de las escuelas, es importante recordar que derivado de la situación por la que atraviesa el país, existen diversos factores que están afectando el desarrollo de las actividades escolares, por lo que se pierden más horas y días de clase, sin que quede registro de ello y sin que se plantee una estrategia real de recuperación.

Para entender de lo que se trata, es importante recordar que, el artículo 49 de la LOE, establece que el año escolar tendrá 200 días hábiles, lo que no significa que se trate de 200 días de clases o de actividades con la participación de los estudiantes. La forma en la que quedó redactado el artículo, respondió a una modificación injustificable, de última hora, que contravenía la demanda de diversos actores y organizaciones, en ese momento, que era la ampliación del año escolar para garantizar 200 días de clases.

Sin embargo, el que se procure que las escuelas estén abiertas 200 días hábiles al año, con la situación actual, tampoco es garantía, ni de que se cumpla la jornada tal como la establece cada escuela, ni de que se puedan desarrollar actividades escolares, tal como establece la ley.

¿Qué significa ésto?

A lo largo de un año escolar se incluye tiempo para el desarrollo de actividades con los estudiantes, que se traduce en días de clase, tal como los denominamos tradicionalmente, y días de actividades complementarias, que pueden ser tan formativas como las otras, pero que pueden desarrollarse en las instalaciones de la escuela o fuera de ellas. Pero también se incluye tiempo para el desarrollo de actividades de planificación, organización, y evaluación de la gestión escolar en todas sus dimensiones. Todo ese tiempo está contabilizado dentro de los 200 días hábiles que establece la ley y que algunos han denominado «días de actividades escolares», para que quede claro que no todos son, o deben ser, días de clase.

Como parte de las actividades de gestión escolar que se desarrollan, están las correspondientes al inicio y al cierre del año escolar. De ellas, algunas pueden realizarse con estudiantes y otras, se requiere que sean realizadas por directivos y docentes, en algunos casos con la participación de otros miembros de la comunidad educativa, como los padres y representantes. Pero todas son fundamentales para garantizar educación de calidad.

Sin embargo, desde hace tiempo, las actividades de inicio y cierre del año escolar, son tratadas como prescindibles por el sistema, a tal punto que, por ejemplo, ante la importante pérdida de clases del año escolar pasado, la «adecuación» del calendario, consistió en comprimir el tiempo de cierre del año escolar, para agregar unos pocos, -e insuficientes-, días de clase y de evaluación en julio; o como ha sucedido en los últimos años, se programa el inicio de clases, para los niveles de inicial y primaria, el mismo día en el que los docentes se reincorporan a su trabajo en las escuelas, lo que impide que se desarrollen, con tiempo y adecuada dedicación, las actividades de planificación y organización correspondientes al inicio del año escolar.

Decir estas cosas, parecería ser innecesario, en este momento, pero dada la precaria situación del sistema educativo, es imprescindible recordarlas, porque a lo largo de los años, se han ido modificando la lógica y las prácticas de organización y planificación de las actividades escolares, debido también a diversos factores, entre los que se encuentra, la permanente improvisación del ente rector, el MPPE.

Es por ello que, en numerosas oportunidades, como en este nuevo año escolar, el subsistema de Educación Básica no ha contado con el calendario escolar, en el momento en el que corresponde tenerlo, y en algunos casos, el atraso ha llegado hasta el mes de enero del año escolar, es decir, hasta iniciado el segundo lapso, o momento pedagógico.

Como hemos expresado en otras oportunidades, lo deseable y lo que era una práctica en el sistema hace mucho tiempo, es que el ministerio envíe a las escuelas, el calendario escolar a finales del año escolar anterior, para que docentes y directivos, puedan hacer planificación, con tiempo, en función de los resultados del año escolar que está terminando y como parte del proceso de cierre del año.

Cuando esa práctica era la norma, la planificación resultante, era revisada y ajustada, al inicio del año escolar siguiente, con base, por una parte, a los ajustes requeridos por la incorporación de nuevos estudiantes y por la otra, con base en la evaluación diagnóstica que se realizaba iniciando clases, con el propósito de ajustar a las características y necesidades del grupo de estudiantes, la planificación del proceso de aprendizaje.

Obviamente, esa planificación, como cualquier proceso de ese tipo, también se ajusta a lo largo del año escolar, con base en el monitoreo permanente de docentes y supervisores, sobre los resultados parciales y la evolución del aprendizaje de cada grupo.

La flexibilidad y los ajustes permanentes, permiten mejorar los procesos y resultados, pero basados en una buena planificación. Es por eso que es tan relevante, contar con un calendario oficial, con anticipación.

Algo muy diferente es la improvisación que afecta el desarrollo de una educación de calidad, especialmente, en este momento, por dos factores, la falta de claridad en los tiempos y los objetivos y metas, y por la otra, en la ruptura de la continuidad de los procesos.

La falta de claridad sobre los tiempos, se produce comenzando por la ausencia de un calendario detallado, que incluya pautas más allá de las efemérides, y que esté a disposición de las escuelas con la respectiva anticipación.

La falta de claridad sobre los objetivos y metas, se desprende de la opacidad de un sistema que funciona sin programas de estudio vigentes, expresados en un formato que permita tanto a docentes, como a estudiantes y representantes, saber qué se espera que se aprenda en cada año escolar. De hecho, desde hace tiempo, en la mayoría del sistema, los libros de la colección bicentenario han terminado siendo el referente de lo que hay que aprender, y, en educación media, los fracasados procesos de «transformación curricular» han generado más confusión y enredo, que directrices claras sobre cómo se deben organizar las actividades de aprendizaje y qué se debe aprender en ese nivel educativo.

A esta ausencia se deben agregar, las recurrentes decisiones del ejecutivo con las que ha suspendido actividades, o restringido la duración de la jornada, en los últimos años escolares, con motivos diversos; y la práctica intermitente de emitir «instrucciones» ministeriales o viceministeriales con temas y actividades especiales, que son enviadas a las escuelas a lo largo del año escolar, para ser incorporadas en la planificación, modificando lo establecido, sin necesidad, ni justificación. De hecho, si dichas instrucciones se elaboraran con tiempo, podrían ser incorporadas desde el diseño, en la planificación de escuelas y docentes, sin alterar repentinamente, los procesos diseñados y en desarrollo.

Y, finalmente, la ruptura de continuidad en los procesos pedagógicos, que se deriva, evidentemente, de la ya mencionada, improvisación del ministerio, pero que, recientemente, se ha incrementado, por las inasistencias recurrentes de estudiantes y docentes, debidas a la fallas en los servicios básicos, a los problemas en salud y alimentación, así como a la inexistencia de transporte para la red de escuelas oficiales, todas ellas agravadas progresivamente por la situación del país.

Como se puede observar, el calendario escolar, es más que un instrumento de efemérides y su importancia para la garantía de educación de calidad, radica en la concepción del proceso educativo, como un proceso que debe ser flexible y evaluado permanentemente, pero que debe ser profesionalmente planificado.

Sin embargo, este año nuevamente está atrasada su publicación, con el agravante de que hoy, a una semana de haberse dado por iniciado el año escolar, es que comenzó a circular una nueva pauta del ministerio, que dice que: «El horario de clase queda normalizado. Queda sin efecto la Gaceta Oficial de restringir hasta las 2:00 pm las actividades.»

Y, para ratificar lo que se dijo al inicio de esta sección, pero además, contraviniendo lo establecido en la legislación sobre el uso político-partidista de las actividades educativas, en la página del MPPE sigue apareciendo el mismo calendario del año escolar pasado, pero se publican imágenes como ésta:uso de los niños

 

Restauración (propiamente dicha) del Derecho a la Educación en #Venezuela

Como comentamos al final de la publicación pasada, la restauración del derecho a la educación en Venezuela, debe contar, además de con la reinserción, con dos fases más, la restauración propiamente dicha, y una fase complementaria de reinvención de la educación en Venezuela. (Como son procesos que, de hecho, se solapan, probablemente, sea más apropiado hablar de “momentos”, en lugar de “fases”)

Hoy hablaremos de la restauración propiamente dicha.

Pero antes, es importante recordar que la reinserción, es una fase que puede y debe comenzar lo antes posible y que estaría dirigida tanto a los niños, niñas y adolescentes que están totalmente fuera del sistema, como a aquellos que no estén asistiendo con regularidad, para los que la continuidad en los aprendizajes está truncada y por tanto, la realización del derecho a la educación, es imposible, en la práctica.

Restauración

La restauración propiamente dicha, tiene como propósito central, como se deduce de su denominación, devolver el estatus de derecho humano a la educación, con todas sus características y condiciones. Esto es:

  1. Que el Estado sea el responsable de garantizarlo, ya que es su obligación legal.
  2. Que todas las personas puedan realizar el derecho a la educación, sin ningún tipo de limitación o discriminación, incluidas las razones políticas, geográficas, socioeconómicas, ni ninguna condición especial.
  3. Que se garantice el derecho a la educación para toda la vida.
  4. Que aquella educación, como la Educación Básica, que es obligatoria, sea gratuita, tal como se establece en la ley.
  5. Que sea una educación de calidad.

Estas características y condiciones que presentamos sintéticamente en 5 puntos, se pueden lograr, de forma efectiva, con una política de corto, mediano y largo plazo; con mucha inversión y también, con mucha evaluación y monitoreo.

Como este espacio no alcanza para entrar en todos los detalles, veamos algunos puntos relacionados con las características que debería tener esa política, pero especialmente enfocadas en la educación obligatoria.

a) Para que el Estado esté en condiciones de garantizar el derecho a la educación, como es su obligación, es imprescindible reinstitucionalizar a las organizaciones que forman del sistema. Esto significa, entre otras, que hay algunas normas y procedimientos que hay que evaluar y rediseñar para que estén acordes a lo que se establece en la Constitución y en los tratados internacionales.

También significa que el ministerio a cargo, debe actuar apegado a las normas y que se debe programar una profesionalización progresiva del personal que en él opere, excluyendo las filiaciones político-partidistas, como criterio para el ejercicio de un cargo. Esta profesionalización progresiva incluye, desde los supervisores hasta los docentes y debe arrancar con una evaluación que permita identificar competencias y carencias, para poder, con un proceso serio de formación y acompañamiento, reconstruir la profesionalización, de acuerdo a las necesidades y características de cada caso.

De forma complementaria, la reinstitucionalización requiere de la revisión de su estructura y de la de las organizaciones dependientes, así como la del presupuesto que es asignado al sector, para adecuarlo todo, a las necesidades reales del sistema, con los ajustes presupuestarios que se desprendan de las necesidades de restauración de las condiciones de funcionamiento del sistema escolar.

b) Para que se pueda garantizar educación de calidad para todos, es imprescindible, por una parte que existan suficientes escuelas, con condiciones óptimas para la realización plena del derecho a la educación y con una ubicación y un sistema de transporte que impida que ningún niño, niña o adolescente, se quede sin poder asistir a la Educación Básica, por falta de oportunidades, o porque las existentes, no están a su alcance territorial.

c) Entre las condiciones que se deben garantizar, está la gratuidad que, de acuerdo a lo que contiene la canasta educativa, va más allá de no tener que pagar aranceles de inscripción y matrícula mensual.

Gráfico. La canasta educativa.

Canasta educativa
Fuente: Elaboración Propia

Obviamente, es un asunto en discusión cómo se logra la gratuidad, con cuáles mecanismos y cuánto presupuesto implica ello. Si la gratuidad debe ser para todos, desde el inicio, incluyendo para aquellos que puedan financiarse y prefieran la formación en escuelas privadas, y si pueden aplicarse mecanismos que permitan garantizarla efectivamente a la población más vulnerable primero y, a través de subsidios parciales, como al de la red de escuelas de Fe y Alegría, para otra parte de la población. Esa es una discusión que debe entrar en el proceso de restauración del derecho a la educación, especialmente, en un país como Venezuela, en el que desde hace años, no existe una educación realmente gratuita para nadie.

d) Pero la restauración del derecho a la educación, también está asociada al logro efectivo del aprendizaje, por tanto, es imprescindible que, entre las reglas de juego que se deben revisar, se revisen las relativas a los logros del sistema. Esta revisión, inicial y especialmente, debe estar dirigida a la restauración de las certificaciones, ya que, es de conocimiento general que las normas actuales, promueven la certificación y promoción casi automática, independientemente de que los estudiantes hayan alcanzado, construido y logrado los aprendizajes respectivos. En bachillerato, en muchos casos, independientemente de que los estudiantes no hayan cursado asignaturas por ausencia de docentes.

Es por ello que se hace imprescindible, una evaluación estandarizada, que incluya a todos los estudiantes, para determinar los aprendizajes efectivos y, programar, un proceso de restauración y recuperación de los no logrados, que sea lo más personalizado posible, con el acompañamiento, los ajustes en la dinámica escolar y los tiempos requeridos.

Este proceso, que a muchos puede no gustarles, es imprescindible, porque es la manera de saldar una deuda que tenemos con nuestros niños, niñas, adolescentes y jóvenes, que han sido víctimas de la irresponsabilidad del Estado por muchos años y a quienes estamos restringiendo, como sociedad, la posibilidad de desarrollo de una vida plena.

e) Finalmente, las condiciones para la realización del derecho a la educación, no se restringen a tener buena y suficiente infraestructura, con la dotación y el equipamiento adecuado y docentes profesionales, excelentemente formados y muy bien remunerados. Incluye también un sistema transparente de rendición de cuentas, lo que complementaría lo que mencionamos como parte de la reinstitucionalización del sistema, en el ordinal a.

De hecho, para que se restaure el derecho a la educación, se deben atender todas sus dimensiones:

Gráfico. Dimensiones del derecho a la educación

conceptualización
Fuente: Re-elaboración del gráfico “Visualising the 4 As” incluida en el capítulo “Más allá de la escuela… la sociedad educadora” (1)

Lo que nos lleva a lo planteado al principio: este proceso, hay que entenderlo, como un proceso con acciones y proyectos a corto, mediano y largo plazo, con una gran inversión, mucha evaluación, pero también con mucha discusión y acuerdos, porque, es importante recordar que el derecho a la educación, establece que debe ser de “calidad”, pero hay unos elementos y dimensiones que determinan qué es lo que se entiende por “calidad”, que se derivan del proyecto y los planes de desarrollo de cada país.

Así que cuando se habla de pertinencia y relevancia, por ejemplo, se habla de criterios que se derivan del proyecto de sociedad que cada país persigue; así como, del tipo de ciudadano que se quiere formar, que tiene unas dimensiones universales, pero otras que son propias de cada país, incluso, culturalmente, algunas son regionales y locales.

Esta condición hace que, si bien existen unos referentes internacionales deseables sobre la educación que se quiere, hay unos que son centrales y que deben ser desarrollados por acuerdo en cada sociedad. En nuestro caso, habrá algunos de ellos que podrán formar parte de una reforma curricular que se desarrolle como parte del momento de restauración propiamente dicho, pero otra, que se construirá, entre todos, como parte del momento de reinvención de la educación en Venezuela.

Sobre ese momento, hablaremos en otra entrega.


(1) Ramos, Olga; Más allá de la escuela… la sociedad educadora. Capítulo VIII. Educación y Derechos Humanos; en Ugalde, Luis, s.j. (coordinador) et al; Educación para transformar el país. Seminario Educación para transformar el país (2011: Caracas). Universidad Católica Andrés Bello. 2012

Menos tiempo = Educación de baja calidad y formación incompleta

A través de un mensaje en unas cuentas de twitter, se pudo conocer, el pasado domingo 21, a las 9:45 pm que los días lunes, martes y miércoles (22, 23, y 24) de esta semana, el horario escolar estaría restringido entre las 7 am y las 12 m.

Al enterarnos, esperamos la comunicación oficial del Ministerio de Educación, en su cuenta en esa red social o en su página de Facebook, en la página web oficial, a través de sus correos y mensajes en los chats asociados a la red de Zonas Educativas y supervisores, pero no hubo comunicación oficial.

De hecho, en su cuenta de twitter, el MPPE, hasta anoche (22/04), tenía solamente dos RT, uno de cada uno de los mensajes originales publicados con la noticia por otras instancias, y de resto, un montón de mensajes sobre el reinicio de actividades, en los que resaltaban dos cosas: el regreso con «total normalidad» y con un «100% de funcionalidad» en «todos» los planteles y la reiteración del discurso y lenguaje de guerra, afirmando, que se daba un «regreso a clases en resistencia«, frase que se utilizó como referencia para las publicaciones que se produjeron por el reinicio de clases, después de los apagones y antes de Semana Santa.

En la página web, por otra parte, había 3 notas de prensa de ayer y el resto, databan del 16 de abril. En ninguna parte, se hacía referencia ni al ajuste del horario de trabajo, ni a cómo iba a ser el tratamiento de ese recorte en los planteles que tienen turno completo, en las escuelas que tienen 2 turnos, y las que son de turno integral; tampoco se hacía mención a cómo se iba a recuperar el tiempo perdido en ninguno de los casos.

Hoy, 23/04,  aparecieron dos notas de prensa y una reseña adicional sobre una noticia del pasado 15 de abril, cargada con simbología de guerra, y presentada como parte de la portada, con esta imagen que no aparece en la reseña original:

milicia2
Captura de Pantalla de la web del MPPE (23/04/2019)

Sin embargo, información específica sobre qué deben hacer las escuelas y cómo lo harán, no apareció por ninguna fuente pública oficial.

Al parecer, la construcción de una narrativa oficial, desde el MPPE, una narrativa que, por cierto, se debate entre la «resistencia» y el lenguaje de guerra, versus la normalidad absoluta, es lo que constituye la política de comunicación del ente rector del sector, en lugar de la información que, como la instancia que en la que recae la responsabilidad garantizar educación de calidad para todos, debería suministrar a las comunidades educativas, pero también a la ciudadanía en general, sobre el funcionamiento del sistema y, especialmente, en este momento, sobre las medidas extraordinarias que deberían ayudar, por una parte a recuperar el tiempo perdido, y por la otra, a cumplir con su obligación de ofrecer y garantizar, educación de calidad para todos, sin ninguna discriminación y respetando lo que establecen, tanto la Constitución, como los tratados internacionales sobre Derechos Humanos.

Lo que sí pudimos conocer algunos, de acuerdo a la información difundida por los chats de la red de supervisores, fue la agenda cultural programada para los últimos días de este mes, es decir, esta semana e inicios de la otra, que, de acuerdo a un mensaje enviado el 17, era la siguiente:

de la zona F
Captura de pantalla de un mensaje de whatsapp

También pudimos conocer, a través de otro mensaje, los detalles de la programación para esta período de tiempo, que corresponde al cierre del segundo lapso, ahora denominado «Momento Pedagógico«, en una de las Zonas Educativas. A continuación el texto:

 «Buen día colegas, por medio de la presente se les envía orientaciones para ser incorporadas en sus planificaciones o sistema de trabajo institucional:

1. Del 22 al 26-04-19 Semana Aniversario del Programa Todas las Manos a la Siembra, desarrollar actividades alusivas al programa en todos los niveles, proyectarlos a través de periódicos , murales, carteleras, trabajo en los espacios donde se desarrolla entre otras estrategias, ustedes colegas son muy creativos.

2. Del 22 al 25-04-19 se debe elaborar y terminar los Boletines Informativos, II Momento Pedagógico en Educación Inicial, Primaria y Especial.

3.  Del 22 al 24-0419, se deben realizar Jornadas de Convivencia y Paz institucional.

4. El día 26-04-19 Consejo Pedagógico y entrega del II Registro Informativo (Boletines) de los Procesos de Aprendizaje de Educación Media General y Adultos.

5. El día 26-0419, Jornada de Mantenimiento escolar «Esta es mi escuela»

6. Día 29-04-19 Entrega de Boletines Informativos II Momento Pedagógico de Educación Inicial, Primaria y Educación Especial. así mismo, inicia el III Momento Pedagógico del año escolar 2018-2019.

7. Día 30-04-19′ Entrega del II Registro Informativo (Boletines) de los Procesos de Aprendizaje de Educación Media y Adultos.

8. Del 22 al 24-04-19 Horarios especial de actividades escolares (7:00am a 12:00m) y (8:00am a 1:00pm)

9. Enviar diariamente la matricula asistida tanto de los estudiantes como del personal, por favor antes de las 9:00am.

Nota: Se les estará informándose a las instituciones de Educación Media en el transcurso de la tarde si pueden extender su horario hasta las 2 durante los días martes y miércoles de la presente semana.

10. Recuerden la actividad de la juramentacion de las brigadas el día 25/4 en la cancha Montañeros. Se les envió por correo la información y programación»

(Copia textual del mensaje)

Como se puede apreciar, en el punto 8 y en la nota que está después del punto 9, se encuentra, muy escueta, la información sobre el horario restringido -punto 8-, sin aclarar cómo se manejará su instrumentación en las escuelas que tienen turno vespertino, o en las que son de turno integral; y se notifica que, ayer en la tarde, se informaría a las escuelas con Educación Media, si podían extender el horario hasta las 2 pm. Es decir, que las escuelas donde hay bachillerato, tendrían que esperar a después de terminada la jornada, para saber si, hoy martes y mañana miércoles, podrían ampliar el tiempo de la jornada hasta las 2 pm.

Es importante aprovechar el contenido de esa nota para recordar que las actividades educativas, son actividades planificadas y por tanto, todos los cambios, internos o externos, que afecten su desarrollo, tienen como consecuencia que los maestros y profesores, deban revisar y reajustar su planificación. Si como en todos los casos, se hacen los anuncios a última hora y llegan a las escuelas por medios informales, o por medios oficiales con atraso, como en estos casos, el trabajo de los profesionales de la educación y la formación de los estudiantes, se ven, irremediablemente, afectados.

Es por ello que hay que reiterar, que no es aceptable que el anuncio de la reducción de la jornada los días 22, 23 y 24, se haga de manera informal y la noche del 21. Tampoco es aceptable que el ente rector de la educación, el Ministerio, no tenga información oficial en ninguno de sus medios, más allá de un par de retuits de unos escuetos mensajes, así como tampoco es aceptable que la información que llegue a las escuelas, a través de la red de supervisores, se restrinja a un punto y una nota, en un mensaje de chat enviado el primer día de instrumentada la medida, pero además, con información incompleta y con un aviso de que, más tarde, recibirían más información.

¡La garantía del derecho a la educación, debe tomarse en serio en Venezuela!

Además, queremos recordar que esta reducción de jornada que afecta, de formas diversas a las escuelas, dependiendo de su jornada y horario de trabajo, se suma al tiempo perdido este año escolar, para el que no se ha planteado un plan serio y realista de recuperación hasta el momento.

Es importante que el país exija seriedad y cumplimiento de la garantía del derecho a la educación, porque las consecuencias de estas pérdidas de tiempo, que se traducen en aprendizajes de baja calidad e incompletos, tienen impacto a corto, mediano y largo plazo en la vida de nuestros niños, niñas y jóvenes.

Finalmente, es importante recordar que, en este caso, estamos hablando de la Educación Básica, que es obligatoria, es decir, ella contiene los conocimientos, habilidades, competencias y actitudes que todo ciudadano debe, obligatoriamente, desarrollar, por lo que cursarla, aprovecharla y aprobarla, es un deber para todos; y, por tanto, lo que en ella suceda, es un asunto de interés para cada persona y también para toda la sociedad, así como una responsabilidad ineludible del Estado.

 

Nueva suspensión por elecciones = 10 días menos de clases este año escolar en Venezuela

El pasado miércoles 9 de abril, el Ministerio de Educación (MPPE), publicó en su cuenta de twitter una circular, fechada el 10 de mayo, con la que notificaba la suspensión de las actividades en todos los planteles, desde el martes 15 hasta el lunes 21, por la realización de las elecciones pautadas para el 20 de mayo.

A continuación pueden ver el tuit y la circular:

 

En esta oportunidad, como en los anteriores procesos electorales, la suspensión de clases se hace por 5 días: 4 previos al fin de semana en el que se realiza la votación, más el lunes siguiente. Esto sucede así, desde hace varios años.

Esta suspensión, como hemos señalado en procesos electorales anteriores, es excesiva e innecesaria, pues bastaría con suspender las actividades el viernes antes y el lunes después, para la entrega de materiales y equipos, la organización y apertura de las mesas, la realización del proceso de votación, el cierre de mesas con sus respectivas auditorías, y la devolución de los materiales y equipos electorales al CNE, a través del organismo correspondiente.

Sin embargo, en esta oportunidad, además de los cuestionamientos que se han hecho sobre la legitimidad de la convocatoria al proceso electoral y la duración de la suspensión de clases, la situación presenta un agravante, debido a que la medida se aplica a todas escuelas, sean o no centros electorales.

En efecto, se produce una doble restricción al derecho a la educación, porque por una parte se suspenden las actividades en escuelas que no son centros electorales y por la otra se suspenden por más días de los necesarios para realizar el proceso electoral.

Todo ello, sin que el MPPE anuncie ninguna medida que permita la recuperación del tiempo perdido y la restauración adecuada y efectiva de los procesos de aprendizaje.

Cabe destacar que, por no estar previsto este proceso electoral desde antes de iniciar el año escolar, ni haber sido incluido con anticipación en el calendario de actividades, las escuelas no han contado con tiempo suficiente para hacer los ajustes que les permitirían mantener la calidad y la eficacia de los procesos de aprendizaje. Y ante tan poca anticipación y sin contar con medidas que permitan ajustar el calendario escolar, aumentando los días o ampliando el horario de trabajo, resulta imposible, tanto mitigar los efectos negativos de las interrupciones no programadas de actividades, como de la disminución del tiempo de actividades escolares.

En efecto, desde inicios del año escolar, en la publicación que hicimos el 21 de septiembre, advertimos que, de los 324 días que hay entre el 18 de septiembre -día de inicio del año escolar para los niveles de educación inicial y primaria-, y el 31 de julio -día de cierre del año escolar-, se podrían tener 201 días de actividades escolares -uno más que lo que estipula el artículo 49 de la LOE-, pero sólo 149 días de clases, incluyendo, entre los días potenciales, todas las actividades complementarias.

artículo 49 de LOE

Con este nuevo proceso electoral, la cantidad de días de clase se reduce a 144 y el tiempo disponible para actividades escolares queda en 196, es decir, 4 días menos que lo que establece la LOE.

Ver la distribución en los gráficos siguientes:

Fuente: Elaboración propia.

Tanto la reducción del tiempo, como la falta de anticipación en su notificación, tienen repercusiones negativas en la realización del derecho a la educación, que implica el desarrollo de educación de calidad.

Frente a esta medida arbitraria, algunas comunidades educativas han reaccionado. Una de ellas, elaboró el siguiente comunicado, en el cual hacen un llamado a toda la comunidad a asistir a la escuela y desarrollar las actividades con normalidad, hasta el jueves 17 de mayo. El comunicado, se puede ver a continuación:

comunidad JXXIII
Fuente: Cuenta de twitter de la Comunidad Educativa del I.E. Juan XXIII (*)

Es importante, adicionalmente, llamar la atención sobre el hecho de que esta suspensión de actividades se da en un momento, en el que por diversas razones, el desarrollo del año escolar se ha visto entorpecido y la continuidad de los procesos de aprendizaje ha sido interrumpida con frecuencia.

Nos referimos a las inasistencias recurrentes reportadas en las escuelas, tanto de estudiantes como de docentes, derivadas de la disminución en las opciones de transporte público, de la falta de recursos en las familias para sufragar los costos de traslado a las escuelas y de alimentación en el tiempo escolar, y de la imposibilidad de asistencia por razones de salud o, en el caso de los estudiantes, por tener que trabajar o acompañar a sus familias a hacer colas para conseguir alimentos.

Pero también, nos referimos a las interrupciones de las actividades escolares por las fallas recurrentes en el Programa de Alimentación Escolar y en los servicios de electricidad y agua, que implican la suspensión, parcial o total, de la jornada diaria de clases, por falta de condiciones para realizar las actividades.

Estas son situaciones que se presentan, cada vez con más frecuencia, en las escuelas de todas las dependencias del sistema educativo venezolano y, aún cuando su recurrencia es variable a lo largo y ancho del territorio nacional, por lo que los estudiantes son afectados de forma peculiar y diferenciada, los efectos en la restricción del derecho a la educación, en términos de continuidad y calidad, son cada vez más generalizados.

Ante este contexto, se esperaría que el MPPE en lugar de suspender las clases 5 días para la realización de un proceso electoral, estuviera haciendo un inventario de las interrupciones parciales y totales de clases, así como de la recurrencia de las inasistencias de los estudiantes, y proponiendo medidas especiales para tratar, en lo posible, de mitigar los efectos negativos de esta situación sobre el funcionamiento del sistema educativo, así como de normalizar la continuidad de los procesos de aprendizaje y trabajar por garantizar un mínimo de calidad en la educación durante lo que resta del año escolar 2017-2018.

También es importante alertar sobre la continuidad en el uso inadecuado de los recursos del Estado que se hace desde el MPPE, específicamente en el contexto del proceso electoral, ya que promueve actividades y utiliza sus medios de comunicación y cuentas en las redes sociales, para hacer campaña electoral por uno de los candidatos, lo cual es violatorio de la normativa existente y califica como peculado de uso.

En las siguientes imágenes se pueden apreciar, unos pocos ejemplos, del uso propagandístico de la cuenta oficial de twitter del MPPE, en el marco de la campaña electoral, por una parte, difundiendo información de campaña electoral, y por la otra, reseñando dos actos, uno con mujeres y otro con docentes, en los que se instó a ambos sectores a trabajar en la campaña electoral de uno de los candidatos, actos que en sí mismos, son violatorios de la normativa existente.

Nota: Para ver las imágenes completas, pulse cada una de ellas. Fuente: Cuenta de twitter del MPPE

Tanto esta nueva suspensión de clases, como el uso de los recursos del Estado con fines propagandístico-electorales, vulneran el derecho a la educación en Venezuela.

(*) En este enlace, pueden ver la cuenta de twitter de la Comunidad Educativa del I.E. Juan XXIII

La educación no es gratuita en Venezuela

La educación no es gratuita

Comenzaremos diciendo que en ningún país del mundo, la educación es gratuita. La educación es financiada con recursos del Estado, por tanto, todos los ciudadanos que pagamos impuestos, incluyendo el IVA, contribuimos con su financiamiento. En efecto, aunque sea no contribuyente, cada vez que Usted compra un producto por el que paga IVA, está contribuyendo con el presupuesto nacional.

Del presupuesto nacional, salen los recursos para el financiamiento de las escuelas dependientes del Ministerio de Educación, pero también, salen los recursos del situado territorial, que corresponde al presupuesto total o parcial, de Gobernaciones y Alcaldías, dependiendo de la capacidad de recaudación, especialmente de estas últimas. Así que los recursos para el financiamiento de las escuelas estadales y municipales, también salen del bolsillo de todos los ciudadanos del país.

Entran en ese grupo, de forma parcial, las escuelas privadas subvencionadas, que a través de recursos otorgados por el Ministerio de Educación, o por algunos entes descentralizados, financian parcialmente su presupuesto.

La inversión que se hace en las escuelas privadas, corre por cuenta exclusiva de quienes inscriben a sus hijos en ellas.

¿Debe ser gratuita la educación?

De acuerdo a la Constitución y a la Ley Orgánica de Educación, pero también de acuerdo a los tratados sobre derechos humanos suscritos por Venezuela, hay una parte de la educación debe ser obligatoria y gratuita. En efecto, en Venezuela, la educación básica, se aspira a que sea gratuita porque es obligatoria, y carece de sentido que el Estado obligue a sus ciudadanos a formarse obligatoriamente, sin poner a disposición las facilidades y los recursos para que nadie se quede sin formarse por falta de ellos.

La educación no es barata

El presupuesto educativo debe cubrir los costos de contratación del todo el personal del Ministerio de Educación, incluyendo los entes desconcentrados que, para quién no está familiarizado con el sistema, son las zonas educativas y los distritos o municipios escolares. Este personal incluye, desde los vigilantes de la sede central, hasta el ministro, pasando por todos los obreros, trabajadores administrativos, técnicos y profesionales de la educación que laboran en esa extensa red, entre los que están todos los coordinadores y supervisores adscritos a los entes desconcentrados.

Pero no sólo los costos de contratación del personal (pago de salarios y beneficios sociales como alimentación y seguro medico), sino también todos los costos de funcionamiento, incluyendo los servicios básicos, como agua y luz, la compra de equipos, material especializado y material de oficina, la conexión a internet y el transporte, con los gastos de mantenimiento de las edificaciones, los equipos y los vehículos, y, también los de formación permanente de todo el personal.

Ese esquema de inversión se replica en las gobernaciones y alcaldías que tienen escuelas a su cargo.

Las escuelas tienen costos de funcionamiento similares, con algunas peculiaridades que las diferencian de las instancias administrativas del sistema. Una parte importante de los costos de funcionamiento de las escuelas, corresponde al pago de sus docentes y el financiamiento de su formación permanente. Pero a diferencia del resto de las instancias del sistema, la dotación de materiales y equipos para el funcionamiento y su reposición y actualización, constituye una parte de la inversión que no se puede evitar o postergar.

Entre los costos recurrentes, para que funcione el sistema educativo, están también los costos de construcción de nuevas escuelas, y la ampliación de las existentes y el mantenimiento menor y mayor de la infraestructura.

La construcción y ampliación de las escuelas, es una necesidad en un sistema que requiere expandir su capacidad para poder atender a todos los estudiantes a tiempo completo, que es el estándar asumido por el modelo denominado «bolivariano» como óptimo para garantizar calidad en la formación de los estudiantes. La expansión de la capacidad incluye la construcción de tantas escuelas como planteles a medio tiempo existan actualmente, la ampliación de las escuelas que funcionan con turno alterno, en tantas aulas como secciones tengan; y la construcción de tantas escuelas adicionales como se requieran para dar acceso a la educación a sectores que, por falta de oferta, se encuentran excluidos del sistema.

En este punto es importante resaltar que la construcción de «ciudades educacionales» que concentran la oferta educativa, requiere de un sistema de transporte eficaz, y de alimentación ininterrumpida, para que las familias que estén en sectores alejados de dichos complejos, puedan tener acceso real a la educación a través de ese esquema. Sin embargo, si se trata de garantizar acceso a la educación para todos, quizás convendría revisar ese esquema y construir escuelas más pequeñas y modestas, mejor distribuidas en el territorio nacional, para acercarlas efectivamente a la gente.

El mantenimiento, en todos sus tipos, es algo imprescindible para contar con una infraestructura adecuada. El mantenimiento, así como la construcción, requiere programación presupuestaria de largo plazo, especialmente, en el mantenimiento mayor que debe realizarse a la infraestructura de cada escuela, cada 5 años.

Como se puede ver, el financiamiento a la educación, no se restringe a los gastos corrientes, sino que contempla inversión a mediano y largo plazo.

La lógica de inversión en las escuelas privadas es similar, porque requiere contemplar los gastos corrientes y las inversiones para mantenimiento menor y mayor, formación del personal y reposición y actualización de equipos.

El costo de la educación para las familias

Se afirma que la educación es gratuita cuando las familias que tienen inscritos a sus hijos en las escuelas oficiales, no corren con los gastos de lo que se denomina la «canasta educativa». Como habíamos indicado en una publicación de hace unos años, la canasta educativa, está conformada por 5 rubros:

Canasta educativa

En Venezuela, efectivamente, hace más de una década, se prohibió por resolución el cobro de cualquier arancel y colaboración, asociada a la inscripción de los estudiantes de las escuelas oficiales. Pero el resto de los elementos de la canasta educativa, no son garantizados como gratuitos, para todos los estudiantes de las escuelas oficiales.

En efecto, con contadas excepciones que, por cierto, no incluyen al Ministerio de Educación, las escuelas no cuentan con un sistema de transporte y, desde hace tiempo, ni siquiera con el subsidio al pasaje estudiantil en el sistema de transporte público; por lo que, el traslado hacia la escuela y el retorno, es financiado por las familias. Este costo es más alto, en la medida en la que la escuela quede más lejos de la vivienda.

Por otra parte, si bien en algunos equipos como las Canaimas y recursos como la Colección Bicentenario, el Estado hace un esfuerzo para que todos los estudiantes puedan contar con ellos, la dotación de útiles y materiales escolares, no es para todos los estudiantes de las escuelas oficiales, sino para una parte de ellos. Lo mismo sucede con los uniformes escolares.

En estos dos rubros de la canasta educativa, el Estado, a través de algunas dependencias, ha promovido de forma complementaria, ferias escolares, para que las familias puedan adquirir útiles y uniformes a menor costo que el regular del mercado, pero, si las familias tienen que pagar por ellos, así sea menos que en librerías y tiendas, el pago recae sobre la familia, por lo que, para esos rubros, no existe gratuidad en el sistema educativo.

Con respecto a la alimentación escolar, es importante resaltar que, por diversas razones, algunas asociadas al contexto en el que se desarrolla el proceso educativo, y otras propias de la gestión ministerial, el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que ha recibido diversas denominaciones y varias reinvenciones, no funciona todos los días del año, y la alimentación no ha sido con regularidad, nutricionalmente completa, por lo que las familias han optado por asumir el costo de la alimentación durante el tiempo escolar, y, dependiendo de la situación, por no enviar a los niños y jóvenes a las escuelas cuando el PAE falla; así como hay escuelas que acortan la jornada escolar cuando no cuentan con la alimentación.

Esta intermitencia de la alimentación tiene consecuencias adicionales a la no gratuidad, para el rendimiento y aprendizaje de los estudiantes.

Ahora las familias pagarán la educación con trabajo

Si bien no es una novedad porque tiene algunos precedentes, este año escolar, el ministerio de educación apelando a un impreciso concepto de corresponsabilidad, ha dicho que se programarán jornadas de mantenimiento periódicas en las escuelas, que serán realizadas por maestros, padres y estudiantes.

Esta medida que pareciera lógica partiendo de la disposición de todos los miembros de las comunidades educativas, al cuidado de las instalaciones de las escuelas, esconde la transferencia de un costo de inversión que debería ser cubierto por el Estado, hacia las familias a través de horas de trabajo en mantenimiento escolar. Esa transferencia que se hace efectiva en horas de trabajo, es un pago que las familias realizan para el funcionamiento del sistema educativo que debería ser reconocido como tal, y que ratifica la no gratuidad de la educación oficial en Venezuela.

Ese pago corresponde a un rubro que no ha sido incluido, hasta ahora en la «canasta educativa», pero, dada esta política del Estado Venezolano, requeriría estudiar su incorporación a la misma.

¿Es factible que la educación sea gratuita para todos en Venezuela?

Llegado este punto, es obligatorio preguntarse si en la situación actual en Venezuela, es factible garantizar educación realmente gratuita para todos.

Obviamente, por como se maneja el presupuesto nacional, parece que no es factible, por lo que corresponde a los entes del Estado, corregir el uso del presupuesto, y a los ciudadanos exigir que así se haga.

Sin embargo, si esa corrección no fuera posible, corresponde al Ministerio de Educación, asumir esa realidad cambiando el discurso propagandístico, con el que venden como gratuita una educación que tiene costos que son asumidos por las familias y explicando al país, con claridad, los criterios para la asignación de algunos programas que minimizan los costos de la educación para las familias.

 

Por fin tenemos calendario para el año escolar 2017-2018, pero sin proceso electoral

El año escolar 2017-2018 inició oficialmente, el pasado lunes 18 de septiembre para educación inicial y primaria.  Como en años anteriores, el calendario no fue enviado a las escuelas con la debida anticipación.

Es importante recordar que, para que las escuelas y los docentes puedan hacer una adecuada y oportuna planificación, individual, coordinada y en equipo, el calendario escolar debería ser enviado a los planteles antes de la culminación del año escolar precedente, para que se puedan aprovechar los días y las reuniones de cierre de actividades, en tareas relativas a dicha planificación.

También es importante recordar que año escolar pasado, se perdieron 2 semanas de actividades, violando lo establecido en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Educación, para que el Plan República tomara las escuelas por la realización de un proceso electoral el último día de julio. Esto significa que, las actividades de cierre del año escolar 2016-2017, fueron seriamente afectadas, lo que tuvo consecuencias, además de en la disminución de los días de clase para los estudiantes, en las jornadas de planificación de los directivos y docentes y en las jornadas de inscripción.

En ese contexto, se esperaría que el MPP para la Educación, hubiese tomado previsiones y tuviera no solamente listo y enviado a las escuelas el calendario durante el período vacacional, sino que éste incluyera previsiones para solventar los problemas derivados de la pérdida de dos semanas del año escolar anterior.

No obstante, eso no fue así y en su lugar, para este año escolar, se dio la siguiente secuencia:

  1. El ministro anunció, a finales de agosto, solamente las acostumbradas dos fechas de inicio del nuevo año escolar.
  2. El ministerio envió, desde las zonas educativas a las escuelas, un cronograma de trabajo para la primera semana, en algunos casos el sábado 16 de septiembre y en otros, el mismo lunes 18 en la madrugada, lo que hace imposible una planificación adecuada.
  3. Hoy 21 de septiembre, se publica en la página web del MPPE el calendario.

A continuación, presentamos el cronograma de trabajo (capturas de pantalla del documento enviado por el MPPE a las escuelas) para el inicio del año escolar. Es oportuno resaltar que en su presentación dice que se trata de la «Fiesta Escolar 2017-2018», que el cronograma está organizado en torno a «consignas» y que hay actividades enmarcadas en la «constituyente» que, como se ha dicho anteriormente, es un proceso que se desarrolla, a pesar de que viola lo establecido en la Constitución, por lo que, incorporarlo como parte del marco en el que se desarrollan las actividades del sistema educativo, puede generar confusión en los estudiantes sobre lo que significa el respeto a la institucionalidad establecida en la Constitución vigente.

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Este cronograma, fue elaborado el 14 de septiembre, tal como se aprecia en las propiedades del documento.

propiedades documento semana 1
Fuente: Captura de pantalla del documento

Sobre el calendario escolar, publicado hoy, cabe mencionar que esta versión fue elaborada por el ministerio ayer 20 de septiembre, tal como se aprecia también en las propiedades del documento.

propiedades de calendario
Fuente: Captura del pantalla del documento

En cuanto al contenido, como ya es costumbre, incluye las efemérides que el ministerio establece que se deben considerar para su conmemoración en las escuelas y las fechas de algunas de las actividades administrativas y complementarias, para el desarrollo del año escolar. Sin embargo, el proceso electoral del 15 de octubre no fue incluido. En efecto, éste no se menciona, ni se indican los días que se suspenderán las clases por la toma de las escuelas que hace el Plan República en ese marco.

Imagen8
Fuente: MPPE, Calendario 2017-2018 (captura de pantalla del documento publicado en la web del MPPE)

Por otra parte, por los enunciados de algunas de las actividades del calendario, se espera que las escuelas reciban, en estos días, un documento con las «orientaciones» para el desarrollo del año escolar, como ha sucedido en los años escolares precedentes (incluyendo el retraso en el envío a las escuelas) y dados los antecedentes del año escolar pasado, estamos revisando con detalle el contenido, incluyente las efemérides y publicaremos los hallazgos próximamente.

Así luce el calendario escolar de este año. Si lo quieres bajar completo, ve a la página del ministerio o bájalo allí, desde este enlace.

calendario
Fuente: Página web del MPPE (Captura de pantalla)

Con respecto a los días de actividades escolares y los días de clase, elaboramos la acostumbrada hipótesis, que ajustaremos cuando terminemos de revisar el calendario, junto con las «orientaciones» que, como dijimos, esperamos que lleguen en estos días a las escuelas.

Mientras llegan dichas orientaciones, les adelantamos que para este año encontramos que, entre el 18 de septiembre del 2017 y el 31 de julio de 2018  (ambos incluidos), hay 324 días (46 semanas completas, más los dos últimos días del mes de julio). Éstos, excluyendo los días feriados, los días de receso no feriado (días en los que por decisión del MPPE no hay clases a pesar de no ser feriados, estos incluyen las vacaciones de diciembre y los 3 primeros días de Semana Santa) y las elecciones, dan un total de 201 días aprovechables para el desarrollo de actividades escolares, lo que permitiría, con un día de margen, cumplir con lo establecido en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Educación, dado que, para éste período, varias de las efemérides caen fines de semana.

Sin embargo, tomando en consideración las actividades administrativas y de planificación que son complementarias y vitales para el desarrollo de procesos de enseñanza con calidad, los días de clase, no pasarían de 149, lo que implica que, sigue siendo importante hacer una revisión del calendario escolar.

A continuación se presenta la distribución de los días de ese período, de acuerdo a su denominación y a las actividades escolares que se estila desarrollar.

distribución

Fuente: Elaboración propia.

leyenda

Nótese que en el cálculo de los días en el que las escuelas no tendrán actividades por la realización de las elecciones, se toma como referencia lo dicho por el ministro en sus declaraciones, de acuerdo a una nota de prensa publicada en el portal del MPPE y cuya cita se presenta, como captura de pantalla, a continuación:

5 días de elecciones Fuente: Página web del MPPE (Captura de pantalla de nota de prensa)

Finalmente, les presentamos la hipótesis día a día, para que se pueda apreciar la distribución de las actividades esperada, a lo largo del año escolar.Imagen2Es importante resaltar que algunas de las fechas de las actividades de planificación y complementarias a las clases, pueden variar por escuela y pueden realizarse en fechas diferentes a las que indicamos en esta hipótesis, pero la cantidad de días destinados para ellas, debería mantenerse dados los antecedentes de funcionamiento del sistema escolar.

Como se puede observar de la información con la que se cuenta hasta ahora, en términos de Calendario de actividades, el año escolar 2017-2018 está arrancando con deficiencias, en primer lugar, porque el calendario no fue enviado con suficiente anticipación a las escuelas, como para que éstas pudieran ajustar su planificación con tiempo; en segundo lugar, porque las actividades estipuladas para la primera semana, llegaron a las escuelas también muy tarde como para poder planificarlas adecuadamente; y en tercer lugar, porque hay información importante relacionada con el calendario, con la que aún no cuentan las escuelas, como cuáles y cuántos serán los días de clases que se perderán por el proceso de elecciones de gobernadores en octubre, y de qué se tratan y qué recursos y planificación requerirán varias de las actividades que, de acuerdo a lo señalado en el calendario, se esperan desarrollar en las escuelas durante este año 2017-2018. 

 

MPPE suspendió el nuevo horario de clases en Educación Media

De acuerdo a una noticia publicada en el portal del MPPE, el nuevo ministro de educación Elías Jaua, anunció que «Luego de escuchar las demandas, observaciones y preocupaciones de sectores de la sociedad sobre el desarrollo de la implementación de la Transformación Curricular en el Subsistema de Educación Media General, el Ministerio del Poder Popular para la Educación decidió suspender el avance progresivo del plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143, la cual contempla los Lineamientos del Proceso de Transformación Curricular en todos los Niveles y Modalidades» (*)

Al respecto es importante hacer algunas consideraciones:

1.- El inicio del proceso de transformación curricular de educación media, fue anunciado en marzo del año 2015 con un escueto documento en el que se presentaban algunas líneas generales y se decía que se iniciaba una consulta para su discusión y desarrollo. (Para más detalles sobre el inicio de este proceso, pueden ver nuestra publicación del 24 de agosto titulada: ¿Seguimos a medias en Educación Media?)

2.- Su desarrollo consistió en:

  • La elaboración de diversas versiones de un «segundo documento» con los lineamientos de la reforma, así como de documentos complementarios con orientaciones específicas para educación media general, educación media técnica y la modalidad de jóvenes y adultos que fueron enviados por correo a los liceos, presentados en algunas de las reuniones realizadas en las zonas y finalmente, colgados en la web del MPPE.
  • La realización diversas reuniones en varios liceos para socializar y conversar sobre la propuesta, actividades de «consulta» con algunos actores del sistema educativo.
  • Y adicionalmente, desde septiembre del 2015, de acuerdo a la información publicada por prensa en el portal del MPPE, se desarrolló una aplicación piloto en 68 planteles durante el año 2015-2016.

En ningún momento, el MPPE presentó el plan de inversión y presupuesto asociado a la instrumentación de esa propuesta que debería incluir: construcción de nuevos liceos, dotación en equipos y recursos, contratación de nuevos profesores y ampliación del pago por el aumento de las horas de dedicación de los profesores en el sistema, entre otras. Tampoco se planteó una estrategia sólida que permitiera reestructurar la organización de los horarios, por la agrupación de asignaturas en áreas, tomando en consideración la falta de docentes en educación media, y que se debería pasar de la ubicación de los docentes en más de un liceo, a su dedicación exclusiva en uno de ellos.

3.- Sobre la aplicación piloto, es importante señalar que cuando se anunció por primera vez, el MPPE dijo que se haría en 400 planteles. Posteriormente según una presentación usada en las reuniones antes mencionadas, que contenía el texto de una resolución para oficializar la experiencia piloto, se decía que los planteles serían 127 y finalmente, según información del ministerio, dicha experiencia sólo tuvo lugar en 68 planteles durante el año escolar 2015-2016, es decir que inició a 6 meses de hecho el primer anuncio.

Cabe resaltar que en ningún momento fue presentado, ni al sector educativo, ni al país, un informe que expusiera los términos en los que se había diseñado la experiencia, los criterios para la selección de los liceos en los que se aplicaría, las razones para que se desarrollara en sólo el 54% de los 127 liceos en los que se había propuesto y también que explicara los detalles de su instrumentación, la evaluación y los resultados de dicha experiencia.

Sin embargo, por fuentes del sector, conocimos que la aplicación en muchos planteles presentó serias dificultades, incluyendo que, al final del año escolar, liceos tuvieron que registrar las calificaciones de los estudiantes por asignaturas, porque no encontraron en el sistema, las planillas de registro por áreas, tal como requería la realización de una experiencia piloto.

4.- El viernes 2 de diciembre, a más de un año y 8 meses del primer anuncio, pasados los 14 meses del inicio de la experiencia piloto y a más de 3 meses de anunciada su extensión a todos los liceos públicos, se publicaron en la Gaceta Oficial 41.044 dos resoluciones, las 142 y 143, con las que, el MPPE, finalmente oficializaba la política de «transformación curricular».

En nuestra publicación del 24 de agosto, alertamos sobre el problema de iniciar una experiencia piloto que no estuviera avalada por una resolución en Gaceta Oficial. Alerta que también aplica a su extensión a todos los liceos oficiales, anunciada al inicio del año escolar 2016-2017.

5.- Desde que se inició el proceso en marzo del 2015, lo que se ha denominado «consulta», no puede ser catalogado como tal, porque:

  • No se presentó formalmente el proceso de consulta al país que, como todo proceso formal, debe tener unos mecanismos, un cronograma y una metodología establecida. Lo contenido en el primer documento, no se puede considerar como tal, por falta de formalidad y rigurosidad metodológica.
  • Las actividades de «consulta» no pasaron de reuniones con algunos actores y algunos liceos, por lo que muchos miembros de las comunidades educativas, gremios, organizaciones sociales, políticas y ciudadanos en general, se consideran excluidos del proceso.
  • A algunos gremios, se les notificó, al inicio del año escolar 2016-2017, que serían incorporados a la «consulta» y hasta la fecha, no han sido convocados para ello.
  • No existió un documento o grupo de documentos oficiales que sirvieran de referencia formal al proceso, sino que se utilizaron varias presentaciones en las reuniones, y se elaboraron múltiples versiones del documento con la propuesta, versiones que tenían detalles retocados o cambios mayores, pero todos comenzaban con la misma presentación “este es el segundo documento”. De ese, del autodenominado “segundo documento”, llegamos a recopilar 5 versiones.
  • No han sido presentadas al país, ni siquiera a los actores clave del sector educativo, formalmente, los resultados de la consulta y las modificaciones del modelo que se desprenden de los mismos.

En este punto cabe recordar que el artículo 55 de la LOPNNA, que establece el derecho a participar de «todos» los niños y adolescentes, así como de «todos» los padres, representantes y responsables. Hacemos el énfasis en «todos» dadas las declaraciones del ministro que refieren a la participación de algunos gremios en el proceso.

articulo-55-lopnna

Y también recordamos el artículo 62 de la Constitución que establece el derecho de todos los ciudadanos a participar en la formación y control de la gestión pública, lo que incluye la formación y evaluación de las políticas educativas en educación, como la de transformación curricular que está dirigida a la formación obligatoria de todos los ciudadanos de Venezuela.

articulo-62-contitucion

6.- La noticia con las declaraciones del nuevo ministro, dice que: «el titular del MPPE informó que el plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143 ya no se desarrollará en el sistema de educación privada en Venezuela, y en el caso del sistema de educación pública, en los liceos donde se haya implementado, se debe “iniciar el proceso de revisión, de escuchar a los docentes las experiencias que han tenido en estas últimas semanas, para hacer las adecuaciones que tengan lugar, para conservar los contenidos esenciales y las materias necesarias para lograr una formación o un egresado de nuestro sistema educativo público de Educación Media General con una formación académica integral”«.

Al respecto, hay que aclarar que el artículo 13 de dicha resolución, permitía a los planteles del sistema de educación privada «continuar aplicando el plan de estudio que se les haya autorizado previamente» durante el año escolar vigente 2016-2017, por tanto lo único novedoso en esa declaración es que se paraliza la aplicación de la transformación curricular, en los planteles privados que voluntariamente hayan decidido aplicarla, después de informar a su respectiva zona educativa, como también se establece en el mismo artículo.

En los liceos públicos, en los que se haya implementado, -que, de acuerdo a la resolución y a las declaraciones previas de los funcionarios del MPPE, deberían ser todos- lo que se hará es revisar la reorganización de los contenidos que hicieron, con base en los lineamientos de las «áreas de formación» establecidas en la propuesta de transformación curricular y las horas estipuladas en el horario presentado en el artículo 8 de la resolución 143.

7.- Es importante precisar que lo que se suspende es específicamente lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143, que, aunque en el texto diga que se trata de un «plan de estudio«, no es más que un horario de clases en el que se establecen «áreas de formación» con una «dinámica» y unas «horas semanales por estudiante«, determinadas.

8.- En sus declaraciones el ministro no hace mención al resto de los lineamientos de transformación curricular que se encuentran en la resolución 143, incluyendo los referentes éticos, así como tampoco a los componentes curriculares y el modelo, desarrollados en los documentos con los que se presentó esta propuesta en los liceos.

Tampoco hace referencia alguna a lo que sucederá en la modalidad de educación de jóvenes y adultos, que se rige por la resolución 142 que sigue plenamente vigente.

En efecto, la noticia en la prensa dice que «el Ministro Elías Jaua Milano informó que “se mantiene vigente el actual Plan de Estudio hasta tanto este Despacho emita las directivas correspondientes”«; de esta afirmación se deriva que el ministerio trabajará en nuevas directivas para modificar el artículo 8 de la resolución 143.

Hechas estas consideraciones, no podemos dejar de advertir que:

– La decisión del ministerio, de suspender la organización de los contenidos en áreas de formación, pone en evidencia la debilidad de imponer la aplicación de un modelo sin tomar las previsiones administrativas, presupuestarias y organizativas correspondientes, incluyendo la forma de contratación de los profesores de educación media y sin considerar las necesidades de formación y transformación de las prácticas pedagógicas de los profesionales de la educación involucrados.

– La decisión se produce a 4 meses de iniciado el año escolar, afectando la calidad de la educación del sistema y poniendo en riesgo el proceso de aprendizaje de los estudiantes, ya que el MPPE empleó un tercio del año escolar para realizar en los liceos públicos, un experimento sin condiciones para garantizar su éxito.

– Por lo dicho en el anuncio, el MPPE no modifica lo establecido para la modalidad de educación de jóvenes y adultos en la resolución 142, dejándola plenamente vigente al no suspender la aplicación de los artículos del 8 al 11, o en su defecto, del artículo 11, que es el que contiene el horario para dicha modalidad. Esto constituye una discriminación de hecho, que pudo ser producto de omisión en el anuncio del ministerio, pero que es injustificable en el marco de las directrices del modelo.

– Dada la estrategia seguida por el MPPE en los últimos años, el programa de estudios vigente, en términos de contenidos, a los efectos de los liceos y también tal como se establece en los documentos de la transformación curricular, es el que se presenta en la Colección Bicentenario que, como se ha referido en diversas oportunidades, se trata de un recurso de calidad cuestionable y con un sesgo político-ideológico que viola lo establecido en el artículo 102 de la Constitución.

– Como lo que se suspende es la aplicación del artículo 8, el resto de la resolución 143 sigue vigente, especialmente los primeros artículos con los que el MPPE extendió la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la Educación Básica.

En efecto, en la resolución 143, los considerandos y los primeros 4 artículos contienen las directrices comunes para toda la Educación Básica y del 16 al 20 se refieren a la creación de una estructura para la «Consulta, Asesoramiento y Evaluación del Proceso de Transformación Curricular«, señalan a los funcionarios encargados de ejecutarla y el mecanismo para dar respuesta a «dudas, controversias y aclaratorias» que pudieran surgir a raíz de la resolución. El resto de los artículos están dirigidos a presentar las especificidades del nivel de educación media y algunas pautas para algunas de las modalidades.

Sin embargo, los lineamientos asociados a la transformación curricular que son aplicables a toda la educación básica no están contenidos sólo en la resolución 143, sino también en los documentos con las orientaciones emanados del MPPE, publicados en su página y enviados por correo, al inicio del año escolar, a las escuelas.

Hasta esta fecha, los documentos publicados en el portal del MPPE, en su sección sobre la «transformación curricular«, siguen siendo los mismos que se encontraban el 12 de enero, cuando se incorporó el titulado «Orientaciones Generales para el Trabajo por Unidades de Aprendizaje» (**)

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En los primeros artículos de la resolución 143 y en los documentos publicados en esa página, se encuentran las directrices y lineamientos asociados a la transformación curricular para toda la Educación Básica.

Notas sobre los lineamientos de transformación curricular para toda la Educación Básica

Como antecedente de esta extensión, es importante recordar que el Viceministro el 5 de agosto del 2016, dijo que había “que impulsar el proceso de transformación curricular el próximo año escolar en todos los niveles del sistema educativo venezolano” Sin embargo, no fue sino hasta el 23 de septiembre que en la web del ministerio se publicó un par de documentos en los que se decía a qué se refería esa afirmación. A continuación pueden ver las capturas de pantalla con las portadas de ambos documentos y de sus propiedades, en las que se registra su fecha de creación:

En ambos documentos, se establece lo que, al respecto y en términos generales, se recogerá en la resolución 143, aunque el segundo tiene un contenido más amplio, en su mayoría tomado de los documentos previos de transformación curricular.

Uno de los aspectos fundamentales a considerar, dadas sus implicaciones para el proceso educativo, está expuesto en el primer párrafo de la introducción de las «orientaciones pedagógicas» para el año escolar 2016-2017:

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Como se aprecia al final del párrafo, el MPPE insiste en enmarcar las políticas educativas en la «Ley del Plan de la Patria 2013-2019«, que es uno de los aspectos que ha generado mayor polémica tanto en las comunidades educativas, como en los gremios y en la ciudadanía en general, debido a que, a pesar de haber sido «promulgado» como Ley por la Asamblea Nacional, constituye un documento que viola aspectos constitucionales importantes, al imponer, como plan de desarrollo, uno con un corte ideológico determinado contrario al pluralismo político contenido en el artículo 2 de la Constitución y a una educación respetuosa de todas las corrientes de pensamiento, establecida en el artículo 102; en el que se plantean modificaciones sustanciales en la concepción de ciudadanía y en la dinámica de relaciones entre los habitantes de Venezuela, y entre éstos y el resto del mundo, basadas en la construcción de una lógica «cívico-militar» y la promoción del uso del concepto de «guerra popular prolongada» -contraria al propósito de «la construcción de una sociedad justa y amante de la paz» que se establece en el artículo 3 de la Constitución-; entre otras.

El sostener al «Plan de la Patria 2013-2019» como referente de las políticas educativas en Venezuela, implica una violación a lo establecido en la Constitución contenida en las orientaciones pedagógicas enviadas por el MPPE a las escuelas y por tanto, sostenida en las directrices que, con relación a la extensión de la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la educación básica, se hizo por parte del ente rector.

Para que todos conozcan un poco más los aspectos generales de estos lineamientos, más allá de lo mencionado en los párrafos precedentes, a continuación incluimos las primeras láminas de las orientaciones para la discusión en todos los niveles y modalidades, que recogen algunas de dichos lineamientos:

El pase de diapositivas requiere JavaScript.

Como era de esperarse, por concordancia entre instrumentos normativos, en la resolución 143, en las directrices comunes se establece, según el artículo 1, que los educadores deben “coordinar, planificar y organizar un proceso abierto de reflexión, discusión y debate» que permita la incorporación de la comunidad educativa en pleno, a la «sistematización y revisión permanente de la práctica educativa«.

Esa directriz está acompañada de la incorporación de «referentes éticos y procesos indispensables» para orientar toda la dinámica de las escuelas. De esta manera, los referentes éticos se constituyen en criterios para la organización y funcionamiento del plantel y para la realización y evaluación del trabajo diario, así como para el diseño microcurricular y de las actividades de enseñanza.

Directrices como éstas, y como las que plantean mantener el «plan de la patria» como referente, el desarrollo de una dinámica permanente de debate en los planteles, en torno a todo lo que en él sucede; el enfoque integral del aprendizaje y la enseñanza; el aprendizaje desde la práctica, o formar produciendo, que es una forma de enunciar el viejo principio del aprender haciendo; o la comprensión de que todo lo que sucede en los planteles es formativo, que es un viejo principio que tiende a enunciarse en Venezuela con la frase “currículo es todo”; -sin emitir valoración alguna sobre su significado, estrategia de instrumentación e impactos en la calidad del proceso educativo y del funcionamiento de las escuelas- se mantienen como parte de las ideas en las que se sustentarán las actividades y dinámicas en los planteles de toda la educación básica, de acuerdo a las orientaciones curriculares emanadas del MPPE y enviadas a las escuelas al inicio del año escolar 2016-2017. Esto, obviamente trasciende lo establecido en el artículo 8 de la resolución 143.

De acuerdo a la decisión anunciada por el MPPE y lo sucedido hasta el momento, se requiere:

1.- Que el MPPE formalice la suspensión del artículo 8 de la resolución 143 en una norma publicada en Gaceta Oficial.

2.- Que la suspensión de la aplicación de la organización en áreas y la asignación de «dinámicas» de trabajo y horas por estudiante, se haga también con relación a la resolución 142 que norma la transformación curricular en la modalidad de jóvenes y adultos.

3.- Sin embargo, el MPPE debería ampliar la suspensión al resto de las directrices de la reforma e incluirlas en el proceso de revisión que deberá realizar en torno a lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143.

4.- Que ese despacho presente también, ante el país y especialmente a los planteles en los que se desarrolló la experiencia piloto durante el año escolar 2015-2016, así como su extensión durante el presente año escolar 2016-2017, el procedimiento para regularizar el proceso educativo, retomando la dinámica, los programas de estudio y las directrices vigentes, además de las soluciones concretas a los problemas administrativos que se derivaron de los cambios de dedicación de los docentes, y de la agrupación de materias en áreas.

En este caso, el MPPE debe explicar a los liceos piloto, incluyendo a los de la modalidad de jóvenes y adultos: a) cómo hacer para garantizar que los estudiantes puedan continuar sus estudios retomando la organización de los contenidos, de acuerdo al plan de estudios vigente, y garantizar, tanto una formación de calidad, como la obtención del título de bachiller correspondiente, en el tiempo estipulado (esto es especialmente relevante para la educación de jóvenes y adultos); b) cómo se harán las equivalencias de lo cursado durante el año escolar 2015-2016; y c) cómo se recuperará el desbalance en el proceso de formación ocasionado por el fracaso en la aplicación del modelo durante el tiempo que corresponda a cada caso.

5.- Además, que el MPPE presente formalmente los resultados del proceso piloto desarrollado durante el año escolar 2015-2016 y explique al país, las razones por las que el mismo no pudo ser instrumentado sino en 68 de los 127 planteles, tal como se había anunciado en la presentación previa.

6.- Dado lo sucedido, el MPPE debe organizar y convocar formalmente a una consulta efectiva y con la metodología y dinámica que permita la real participación del país en la definición de la política de formación en la Educación Básica.

Finalmente, invitamos a las comunidades educativas, a los gremios del sector y a toda la ciudadanía a que, acogiéndose a lo establecido en el artículo 20 de la resolución 143, escriba al MPPE solicitando información sobre esta decisión y sus consecuencias, así como, sobre las dudas que tenga con relación a las directrices establecidas en las resoluciones 142 y 143, que aún siguen vigentes y también sobre las contenidas en los textos emanados de ese despacho y que rigen lo que sucede en las escuelas en términos de la transformación curricular, más allá de dichas resoluciones.

 

 

(*) En la web del MPPE puedes ver la noticia completa: La Transformación Curricular concentrará sus esfuerzos en la Micro Misión Simón Rodríguez

(**) Este documento, es una edición parcial del primer segundo documento emanado del MPPE para la Transformación Curricular, en septiembre del 2015. En él se incluyen los ejemplos de las Unidades de Aprendizaje que, para cada área, se presentaron en ese momento.

 

200 – 193 = 7 días menos de actividades escolares

Esta mañana, el ministro Rodulfo Pérez, sorprendió al país anunciando en su cuenta de twitter que, a diferencia de los últimos años, las clases no se iniciarán el primer día hábil de la segunda quincena de septiembre, es decir, el 16 de septiembre como establece el artículo 54 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (*), sino que el año escolar 2016-2017, inicia el 26 de septiembre para los niveles de educación inicial y primaria y para educación especial.

Para educación media, el inicio del año escolar será el 3 de octubre, lo que coincide con la tradición de inicio de clases en ese nivel, aunque no así, con el inicio de actividades escolares.

Esa misma información fue publicada también en la cuenta de twitter del ministerio.

A pesar de que en los últimos años, el calendario escolar fue publicado mucho después de iniciar las clases, pensamos que, en esta oportunidad, el anuncio del ministro estaría acompañado por la publicación del calendario oficialmente en la web del ministerio.

Como ente rector y garante del derecho a una educación de calidad para todos, el MPPE está en la obligación dar acceso público y oportuno a la información sobre el funcionamiento del sistema. En este caso, al cumplir con ese deber, el ente rector facilitaría que las escuelas y los docentes cumplieran con el suyo, que es planificar el año escolar con tiempo. Ésto, que parece una acción poco significativa e incide en la mejora de la calidad de la educación en las escuelas de todas las dependencias, está establecido también como obligación del MPPE en el artículo 54 del Reglamento General de la LOE (*).

Por ello buscamos en la web del ministerio pero encontramos que no se había modificado la información correspondiente. Aquí les dejamos la captura de pantalla.

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Como se aprecia en la imagen, el banner que anuncia y permite bajar el calendario escolar, es el mismo que estuvo publicado durante la mayor parte el año escolar pasado 2015-2016.

Para corroborar que su presencia no fuera producto de un error involuntario de los encargados de publicar la información en dicha web -que se les olvidó cambiar el banner-, le dimos al enlace que permite bajar el calendario y nos encontramos con el calendario escolar del año pasado. Aquí está la captura de pantalla correspondiente.

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Esperamos que, como ya el MPPE hizo el anuncio con la fecha de inicio de actividades, los responsables de elaborar, editar y publicar ese tipo de información, estén editando la versión del calendario que ofrecerán a las comunidades educativas en la web, o al menos, la estén elaborando para publicarla antes del inicio de clases, para que no suceda como en años anteriores, que el calendario se publicó oficialmente después de que arrancó el año escolar, como denunciamos en su momento y recordamos al inicio de esta nota.

Sin embargo, nuestro mayor  interés en la búsqueda de esta información era saber ¿cómo había hecho el MPPE para diseñar un calendario para el año escolar 2016-2017 que iniciara el 26 de septiembre y que cumpliera con lo establecido en el artículo 49 de la LOE?

«Artículo 49. Para el subsistema de educación básica el año escolar tendrá doscientos días hábiles. El mismo se divide a los fines educativos, de acuerdo con las características de cada uno de los niveles y modalidades del Sistema Educativo atendiendo a la diversidad, las especificidades étnico-culturales, las características regionales y a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley. El subsistema de educación universitaria regulará esta materia en su legislación especial.»

En efecto, de acuerdo a nuestra hipótesis de calendario para el año escolar 2016-2017, entre el 26 de septiembre de 2016 y el 31 de julio de 2017, hay 309 días, de los cuales sólo 193 son hábiles aprovechables. Por tanto, si el año escolar inicia el 26 de septiembre, los días no alcanzan. Si en el caso del nivel de educación media, lo que se inicia el 3 de octubre son las actividades escolares y no las clases, estaríamos hablando de sólo 188 días hábiles aprovechables.grafico torta con leyendaA continuación les presentamos nuestra acostumbrada hipótesis de calendario para el año escolar 2016-2017.calendarioEn el gráfico se aprecia que de los 309 días que hay entre el 26/09/2016 y el 31/07/2017:

  • 96 días son feriados o no laborables:
    • 88 corresponden a fines de semana,
    • 8 corresponden a los feriados que caen entre semana: 12 de octubre, 27 y 28 de febrero, 13 y 14 de abril, 19 de abril, 1 de mayo y 5 de julio.
  • 18 días no feriados, pero también no laborables, porque fueron decretados días de asueto o corresponden a las vacaciones de navidad:
    • Vacaciones de navidad del 19/12 al 06/01,
    • 10, 11 y 12 de abril días de asueto según la nueva Convención Colectiva,
  • 2 días correspondientes, al menos a uno de los procesos electorales que deberían realizarse durante el próximo año escolar. (Aunque aún no está publicado el calendario en la página del CNE, en diciembre deberían realizarse un par de procesos electorales, las elecciones regionales y el referendo revocatorio).

Eso nos da un total de 116 sin actividades escolares durante ese período, lo cual deja, como días hábiles aprovechables, sólo 193, 7 días menos de los establecidos en el artículo 49 de la LOE.

De esos 193 días, de acuerdo también a nuestras cuentas y como se ve en el gráfico, hay 50 días de actividades que son tan importantes para el desarrollo del proceso educativo como las clases, pero que son complementarias a ellas y en los que, tradicionalmente en las escuelas venezolanas, durante su realización se suspenden las clases de forma total o parcial y se disminuyen las actividades de aprendizaje de los estudiantes. Nos referimos a los:

  • 7 de planificación mensual,
  • 15 de cierre de proyectos de aprendizaje,
  • 14 de elaboración de informes pedagógicos,
  • 13 de realización de consejos de docentes y entrega de informes,
  • 1 de realización del acto de fin de curso.

Si restamos de los 193 días hábiles aprovechables para las actividades escolares, los 50 días de actividades complementarias, nos quedan 143 días efectivos de clases que serían 18 menos que los estimados el año pasado en nuestra hipótesis de calendario.

Esta decisión del MPPE, además de violar lo establecido en la Ley Orgánica de Educación, constituye, de hecho, una restricción a la realización del derecho a la educación en Venezuela. Por ello instamos al ministerio a que aclare al país:

¿Cuándo será publicado el calendario escolar 2016-2017?

¿Cómo justifica el MPPE que el año escolar 2016-2017 no se cumpla, ni siquiera en la programación, con los 200 días de actividades escolares, violando lo establecido en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Educación?

¿Tendremos este año escolar solamente 143 días efectivos de clase?

—–

(*) Artículo 54 .- Las actividades de enseñanza del año escolar estarán comprendidas entre el primer día hábil de la segunda quincena del mes de septiembre y el último día hábil de la primera semana del mes de julio del año siguiente, salvo en los regímenes educativos diferenciados, debidamente autorizados por el Ministerio de Educación,Cultura y Deportes. A tal efecto, el Despacho educativo publicará anualmente el calendario escolar.